Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2024-6503)
BOP-2024-6503 Convocatoria y bases para la provisión de tres plazas de Técnico de Gestión de Administración General, por promoción interna y concurso oposición.
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Grado 0,30
Máster 0,30
DEA 0,30
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio que tenga
las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante Acuerdo de Consejo de
Ministros, publicadas en el Boletín Oficial del Estado e inscritas en el registro de Universidades,
Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su certificado de correspondencia, o bien, en el
Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional (SNCFP), o en el Registro de Títulos
no Universitarios del Ministerio que ostente las competencias en educación, según corresponda a
las plazas convocadas.
B. Experiencia: Máximo: 2,4 puntos.
Por servicios prestados en Administraciones Públicas, en calidad de funcionario de carrera o
interino, o contratado laboral fijo, indefinido o temporal, en el cuerpo, escala y subescala o categoría
profesional desde la que se opta a la promoción interna: Se asignará una puntuación de 0,020
puntos por mes, hasta un máximo de 2,40 puntos.
Se entenderá por Administración Pública lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En cuanto a la
acreditación de estos servicios, los prestados en la Diputación Provincial de Cáceres y en el
Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, se certificarán de oficio por esta
Administración Provincial o su Organismo Autónomo.
Los méritos de experiencia se acreditarán para los servicios prestados en otras Administraciones
Públicas mediante certificación expedida por las mismas, en la cual deberá constar la siguiente
información:
- Puesto y funciones realizadas.
- Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
Junto con la documentación deberá presentarse un Informe de vida laboral emitido por la Tesorería
General de la Seguridad Social.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para ello, se calculará en cada
apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que lo que se
valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
CVE:
BOP-2024-6503
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de diciembre de 2024
N.º 0242
Pág. 27197
Grado 0,30
Máster 0,30
DEA 0,30
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio que tenga
las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante Acuerdo de Consejo de
Ministros, publicadas en el Boletín Oficial del Estado e inscritas en el registro de Universidades,
Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su certificado de correspondencia, o bien, en el
Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional (SNCFP), o en el Registro de Títulos
no Universitarios del Ministerio que ostente las competencias en educación, según corresponda a
las plazas convocadas.
B. Experiencia: Máximo: 2,4 puntos.
Por servicios prestados en Administraciones Públicas, en calidad de funcionario de carrera o
interino, o contratado laboral fijo, indefinido o temporal, en el cuerpo, escala y subescala o categoría
profesional desde la que se opta a la promoción interna: Se asignará una puntuación de 0,020
puntos por mes, hasta un máximo de 2,40 puntos.
Se entenderá por Administración Pública lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En cuanto a la
acreditación de estos servicios, los prestados en la Diputación Provincial de Cáceres y en el
Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, se certificarán de oficio por esta
Administración Provincial o su Organismo Autónomo.
Los méritos de experiencia se acreditarán para los servicios prestados en otras Administraciones
Públicas mediante certificación expedida por las mismas, en la cual deberá constar la siguiente
información:
- Puesto y funciones realizadas.
- Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
Junto con la documentación deberá presentarse un Informe de vida laboral emitido por la Tesorería
General de la Seguridad Social.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para ello, se calculará en cada
apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que lo que se
valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
CVE:
BOP-2024-6503
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de diciembre de 2024
N.º 0242
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