Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2024-6501)
BOP-2024-6501 Convocatoria y bases para la provisión de una plaza de Administrativo/a de Administración General, por turno libre y concurso-oposición.
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Las resoluciones del Tribunal vinculan al Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria, aunque éste, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los
artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas
o trámites afectados por las irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal queda establecida en el
Área de Personal de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, plaza de Santa María S/N
Cáceres. Sede electrónica https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Init.do.
SEXTA. Actuación de los/as aspirantes.
6.1. La actuación de los/as aspirantes en el ejercicio, si no puede realizarse conjuntamente, se
iniciará por orden alfabético de apellidos a partir de la letra “J”, de conformidad con el sorteo
efectuado previamente (BOP de 31/01/2024)) y figurará en el anuncio por el que se haga pública la
resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y la fecha, hora y lugar de
comienzo de los ejercicios. Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al menos cinco
días hábiles de dicho comienzo en el BOP y Tablón de Anuncios Electrónico, ubicado en la sede
electrónica de la Diputación Provincial.
Para los/as aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su
condición, con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de tiempo
y medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el Dictamen Técnico
Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente,
acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanente/s que ha/n dado origen al grado de
minusvalía reconocido.
Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador resolver la
procedencia y concreción, de la adaptación de tiempos y medios en función de las circunstancias
específicas del ejercicio, según se establece por el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se
regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con
discapacidad y la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
No obstante, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos
competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Además, podrán solicitar del/a interesado/a información adicional respecto de la
adaptación solicitada.
6.2. Los/as aspirantes serán convocados/as para el ejercicio en llamamiento único, siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor, debidamente
alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado libremente por el
Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as aspirantes para que acrediten su
personalidad.
6.3. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de
CVE:
BOP-2024-6501
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de diciembre de 2024
N.º 0242
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