Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Piornal. (BOP-2024-6463)
BOP-2024-6463 Aprobación definitiva ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de servicios en Residencia de Mayores.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Piornal
ANUNCIO. Aprobación definitiva ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
utilización de servicios en Residencia de Mayores.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de MODIFICACIÓN de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por la utilización de servicios de residencia municipal
para personas mayores de Piornal, cuyo texto íntegro se hace público, para su general
conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
“ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE SERVICIOS
DE RESIDENCIA MUNICIPAL DE PERSONAS MAYORES DE PIORNAL
Artículo 1.º- FUNDAMENTO Y NATURALEZA.
Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la
Constitución Española, de acuerdo con lo previsto en el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en 41 en relación con el 127 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, establece la presente tasa por la prestación de los
servicios de Residencia de Personas Mayores “Tormantos” de Piornal.
La Ordenanza será de aplicación en todo el término municipal de Piornal.
Artículo 2.º- HECHO IMPONIBLE.
Constituye el hecho imponible de la presente Ordenanza la prestación de servicios en la
Residencia para Personas Mayores en Piornal, destinada a servir de vivienda permanente y
común para personas mayores de ambos sexos, y que presta una asistencia integral y
continuada a quienes no puedas satisfacer estas necesidades.
CVE:
BOP-2024-6463
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de diciembre de 2024
N.º 0240
Pág. 27017
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Piornal
ANUNCIO. Aprobación definitiva ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
utilización de servicios en Residencia de Mayores.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de MODIFICACIÓN de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por la utilización de servicios de residencia municipal
para personas mayores de Piornal, cuyo texto íntegro se hace público, para su general
conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
“ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE SERVICIOS
DE RESIDENCIA MUNICIPAL DE PERSONAS MAYORES DE PIORNAL
Artículo 1.º- FUNDAMENTO Y NATURALEZA.
Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la
Constitución Española, de acuerdo con lo previsto en el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en 41 en relación con el 127 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, establece la presente tasa por la prestación de los
servicios de Residencia de Personas Mayores “Tormantos” de Piornal.
La Ordenanza será de aplicación en todo el término municipal de Piornal.
Artículo 2.º- HECHO IMPONIBLE.
Constituye el hecho imponible de la presente Ordenanza la prestación de servicios en la
Residencia para Personas Mayores en Piornal, destinada a servir de vivienda permanente y
común para personas mayores de ambos sexos, y que presta una asistencia integral y
continuada a quienes no puedas satisfacer estas necesidades.
CVE:
BOP-2024-6463
Verificable
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