Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mata de Alcántara. (BOP-2024-6454)
BOP-2024-6454 Aprobación definitiva Modificación de Ordenanza reguladora de la concesión de ayuda de apoyo a la familia (natalidad).
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
En el caso de que la solicitud adolezca de alguno de los documentos considerados necesarios
para la resolución del expediente, se aplicará el procedimien-to establecido en la Ley 39/2015.
La resolución del expediente, previa la emisión de los informes que procedan, competerá a la
Alcaldía. No obstante el titular del citado órgano podrá delegar dicha competencia en la
Comisión de Gobierno.
Artículo 8. Compatibilidad.
Sin perjuicio de lo que pueda establecerse por otras Administraciones Públicas, las ayudas
contem-pladas en la presente ordenanza tendrán la condición de compatibles con las que
puedan otorgarse por otros organismos.
Disposición adicional.
Este documento, aprobado por el Pleno en sesión de 27 de septiembre de 2024, permanecerá
en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
Disposición final.
La presente ordenanza entrará en vigor, tras su publicación íntegra en el BOP según lo exigido
en la normativa sobre régimen local.
Contra el presente Acuerdo1, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Mata de Alcantara, 4 de diciembre de 2024
Luis A. Galan Hernandez
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-6454
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de diciembre de 2024
N.º 0240
Pág. 26981
para la resolución del expediente, se aplicará el procedimien-to establecido en la Ley 39/2015.
La resolución del expediente, previa la emisión de los informes que procedan, competerá a la
Alcaldía. No obstante el titular del citado órgano podrá delegar dicha competencia en la
Comisión de Gobierno.
Artículo 8. Compatibilidad.
Sin perjuicio de lo que pueda establecerse por otras Administraciones Públicas, las ayudas
contem-pladas en la presente ordenanza tendrán la condición de compatibles con las que
puedan otorgarse por otros organismos.
Disposición adicional.
Este documento, aprobado por el Pleno en sesión de 27 de septiembre de 2024, permanecerá
en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
Disposición final.
La presente ordenanza entrará en vigor, tras su publicación íntegra en el BOP según lo exigido
en la normativa sobre régimen local.
Contra el presente Acuerdo1, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Mata de Alcantara, 4 de diciembre de 2024
Luis A. Galan Hernandez
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-6454
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de diciembre de 2024
N.º 0240
Pág. 26981