Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera. (BOP-2024-6396)
BOP-2024-6396 Bases para la formación de una lista de espera para la cobertura interina del puesto de Secretaría-Intervención, en caso de vacante del titular.
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AYUNTAMIENTO DE ALDEANUEVA DE LA VERA
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10.440-ALDEANUEVA DE LA VERA (Cáceres)
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VII. Toma de posesión.
En caso de vacante del puesto de Secretaría-Intervención, el Alcalde-Presidente propondrá
nombramiento a los aspirantes que formen parte de la lista por orden de puntuación, dando
traslado al Servicio de Administración Local de la Junta de Extremadura para proponer su
nombramiento.
Una vez recibida en el Ayuntamiento la resolución de nombramiento interino otorgada por el
órgano competente, se requerirá a la persona interesada para la toma de posesión en el plazo
máximo de tres días hábiles, de acuerdo con el artículo 11.8 del Decreto 162/2018, de 2 de
octubre, sobre el procedimiento de selección y nombramientos con carácter interino para
desempeñar puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con
habilitación de carácter nacional.
Si dicha persona interesada no compareciese dentro del citado plazo decaerá en su derecho,
realizándose una nueva propuesta de nombramiento interino a favor de la siguiente persona
aspirante según el orden de puntuación obtenida, y siempre que la misma haya superado la fase
de oposición.
VIII. Indemnizaciones por asistencia.
Las indemnizaciones por asistencia como miembro del Tribunal se efectuarán con arreglo a la
categoría 1ª del Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones
por razón del Servicio, a efectos de devengo de asistencias, dietas e indemnizaciones.
IX. Impugnación de la convocatoria.
La presente convocatoria y actos administrativos que deriven de ella y de las actuaciones del
Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
X. Lista de Espera.
Una vez finalizada la calificación de los aspirantes, y a los efectos de lo dispuesto en la Base
VII, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, así como en la página
web de la Corporación, la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación,
constituyéndose una lista de espera para la provisión interina del citado puesto que tendrá una
vigencia máxima de tres años.
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Jueves, 12 de diciembre de 2024
N.º 0239
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