Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera. (BOP-2024-6396)
BOP-2024-6396 Bases para la formación de una lista de espera para la cobertura interina del puesto de Secretaría-Intervención, en caso de vacante del titular.
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AYUNTAMIENTO DE ALDEANUEVA DE LA VERA
CIF.- P1001400I
Calle: Maestro Aparicio, 8.
10.440-ALDEANUEVA DE LA VERA (Cáceres)
Teléfono: 927572474 DIR3: L01100149
Email: ayuntamiento@aldeanuevadelavera.es
B) Concurso:
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio y tomará en cuenta la valoración de los
siguientes méritos, asignándose una puntuación máxima de 5 puntos:
B.1. Superación de ejercicios en pruebas selectivas o procesos de selección para la
constitución de relaciones de personas candidatas (máximo 1,5 puntos):
a) La superación de alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas selectivas de
acceso, como personal funcionario de carrera, a la subescala de Secretaría-Intervención de la
escala de personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional,
convocadas por el Ministerio con competencias en Administraciones Públicas o por las
Comunidades Autónomas. Cada ejercicio superado se valorará con 0,5 puntos por ejercicio,
hasta un máximo de 1 punto.
b) La superación de alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas Selectivas
de acceso, como personal funcionario de carrera, a las subescalas de Secretaría o de
Intervención-Tesorería, de la escala de personal funcionario de Administración Local con
habilitación de carácter nacional, convocadas por el Ministerio con competencias en
Administraciones Públicas o por las Comunidades Autónomas. Cada ejercicio superado se
valorará con 0,25 puntos por ejercicio, hasta un máximo de 0,5 puntos.
Los ejercicios superados en pruebas selectivas se acreditarán mediante certificación expedida
por el tribunal de selección correspondiente o por el órgano en cuyos archivos se custodie el
expediente administrativo del proceso selectivo de que se trate.
B.2. Experiencia profesional en municipios de menos de 3.000 habitantes (máximo 3,00
puntos): los servicios prestados se valorarán por mes trabajado. En los certificados de servicios
prestados, el tiempo que aparezca expresado en años se transformará en meses (a razón de doce
meses por año) y el expresado en días se transformará en meses (a razón de treinta días por
mes). De este modo, serán objeto de valoración los servicios prestados en entidades locales
como personal funcionario interino, en puestos reservados a la subescala de Secretaría-
Intervención de la escala de personal funcionario de Administración Local con habilitación de
carácter nacional: 0,05 puntos por mes de servicio.
B.3.- Por cada curso, jornadas o seminarios impartidos por centros oficiales o en colaboración
con los mismos, realizados sobre materias directamente relacionadas con el puesto a cubrir,
según la siguiente tabla, hasta un máximo de 0,5 puntos:
a. De 20 a 40 horas: 0,1 puntos cada uno.
b. De 41 a 100 horas: 0,2 puntos.
c. De 101 horas en adelante: 0,3 puntos.
Los que tengan una duración inferior a 20 horas no se valorarán.
Cód.
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7G6W644N6JYNMPMZJFPYQAPJZ
Verificación:
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Jueves, 12 de diciembre de 2024
N.º 0239
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