Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera. (BOP-2024-6396)
BOP-2024-6396 Bases para la formación de una lista de espera para la cobertura interina del puesto de Secretaría-Intervención, en caso de vacante del titular.
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AYUNTAMIENTO DE ALDEANUEVA DE LA VERA
CIF.- P1001400I
Calle: Maestro Aparicio, 8.
10.440-ALDEANUEVA DE LA VERA (Cáceres)
Teléfono: 927572474 DIR3: L01100149
Email: ayuntamiento@aldeanuevadelavera.es
2º. Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes
al puesto convocado.
3º. Edad: tener cumplidos 16 años y no exceder del límite establecido en las
disposiciones legales vigentes para la jubilación forzosa.
4º. Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquier Administración Pública o de los organismos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la Escala de
funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
5º. Titulación: estar en posesión, o en condiciones de obtener en el momento en que
termine el plazo de presentación de instancias, de la titulación universitaria exigida para
el ingreso en los Cuerpos o Escalas clasificados en el Subgrupo A1, de acuerdo con lo
previsto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en
posesión de la correspondiente homologación del título. Este requisito no será de
aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de
Derecho Comunitario.
2.2. Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el momento de finalizar el
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el
momento de la toma de posesión como funcionario interino.
III. Tribunal de Selección.
3.1 El órgano de selección encargado de la calificación de las presentes pruebas selectivas estará
integrado por cinco miembros y sus correspondientes suplentes, y cumplirá con lo preceptuado
por el artículo 51.1 d) de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y
contra la violencia de género en Extremadura.
El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros, todos ellos con titulación igual o
superior a la de la plaza convocada y serán funcionarios de carrera de las respectivas
Administraciones Públicas:
• Presidencia: Un/a funcionario/a de la subescala de Secretaría-Intervención, subgrupo A1
de la Diputación de Cáceres, designado/a por la misma.
Cód.
Validación:
7G6W644N6JYNMPMZJFPYQAPJZ
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Teléfono: 927572474 DIR3: L01100149
Email: ayuntamiento@aldeanuevadelavera.es
2º. Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes
al puesto convocado.
3º. Edad: tener cumplidos 16 años y no exceder del límite establecido en las
disposiciones legales vigentes para la jubilación forzosa.
4º. Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquier Administración Pública o de los organismos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la Escala de
funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
5º. Titulación: estar en posesión, o en condiciones de obtener en el momento en que
termine el plazo de presentación de instancias, de la titulación universitaria exigida para
el ingreso en los Cuerpos o Escalas clasificados en el Subgrupo A1, de acuerdo con lo
previsto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en
posesión de la correspondiente homologación del título. Este requisito no será de
aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de
Derecho Comunitario.
2.2. Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el momento de finalizar el
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el
momento de la toma de posesión como funcionario interino.
III. Tribunal de Selección.
3.1 El órgano de selección encargado de la calificación de las presentes pruebas selectivas estará
integrado por cinco miembros y sus correspondientes suplentes, y cumplirá con lo preceptuado
por el artículo 51.1 d) de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y
contra la violencia de género en Extremadura.
El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros, todos ellos con titulación igual o
superior a la de la plaza convocada y serán funcionarios de carrera de las respectivas
Administraciones Públicas:
• Presidencia: Un/a funcionario/a de la subescala de Secretaría-Intervención, subgrupo A1
de la Diputación de Cáceres, designado/a por la misma.
Cód.
Validación:
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