Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera. (BOP-2024-6396)
BOP-2024-6396 Bases para la formación de una lista de espera para la cobertura interina del puesto de Secretaría-Intervención, en caso de vacante del titular.
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AYUNTAMIENTO DE ALDEANUEVA DE LA VERA
CIF.- P1001400I
Calle: Maestro Aparicio, 8.
10.440-ALDEANUEVA DE LA VERA (Cáceres)
Teléfono: 927572474 DIR3: L01100149
Email: ayuntamiento@aldeanuevadelavera.es
BASES PARA LA FORMACIÓN DE UNA LISTA DE ESPERA PARA LA COBERTURA
INTERINA DEL PUESTO DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE ALDEANUEVA DE LA VERA EN CASO DE VACANTE DEL
TITULAR (CÁCERES).
I. Objeto de la convocatoria.
1.1. Las presentes bases tienen por objeto la regulación del concurso-oposición para la
formación de una lista de espera para la cobertura del puesto de Secretaría-Intervención del
Excmo. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera, Cáceres, mediante nombramiento interino, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 92.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se
regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de
carácter nacional, en caso de vacante de su titular.
1.2. El nombramiento será válido hasta tanto la plaza sea cubierta por cualquier fórmula prevista
en el citado Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que tenga carácter prioritario al
nombramiento interino.
1.3. Características del puesto de trabajo:
Denominación del puesto Secretaría-Intervención
Tipo de nombramiento Interino
Escala Funcionarios de administración local con
habilitación de carácter nacional
Subescala Secretaría-Intervención
Grupo/Subgrupo A1
Nivel 26
II. Condiciones de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos en la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
1º. Nacionalidad: tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el artículo
19.1º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que se remite a lo dispuesto en el
artículo 4 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de
la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos de nacionales de otros
Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
Cód.
Validación:
7G6W644N6JYNMPMZJFPYQAPJZ
Verificación:
https://aldeanuevadelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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N.º 0239
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INTERINA DEL PUESTO DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE ALDEANUEVA DE LA VERA EN CASO DE VACANTE DEL
TITULAR (CÁCERES).
I. Objeto de la convocatoria.
1.1. Las presentes bases tienen por objeto la regulación del concurso-oposición para la
formación de una lista de espera para la cobertura del puesto de Secretaría-Intervención del
Excmo. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera, Cáceres, mediante nombramiento interino, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 92.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se
regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de
carácter nacional, en caso de vacante de su titular.
1.2. El nombramiento será válido hasta tanto la plaza sea cubierta por cualquier fórmula prevista
en el citado Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que tenga carácter prioritario al
nombramiento interino.
1.3. Características del puesto de trabajo:
Denominación del puesto Secretaría-Intervención
Tipo de nombramiento Interino
Escala Funcionarios de administración local con
habilitación de carácter nacional
Subescala Secretaría-Intervención
Grupo/Subgrupo A1
Nivel 26
II. Condiciones de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos en la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
1º. Nacionalidad: tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el artículo
19.1º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que se remite a lo dispuesto en el
artículo 4 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de
la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos de nacionales de otros
Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
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