Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla. (BOP-2024-6391)
BOP-2024-6391 Bases convocatoria proceso selectivo mediante oposición libre para la contratación laboral temporal de un Auxiliar Administrativo/a que se integrará en la OTUDTS.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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MANCOMUNIDAD Trasierra Tierras de Granadilla
____________________________________________________________________________________________________________________
Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla.- Tlfno: 927 02 43 90
10.712 Pantano de Gabriel y Galán (CÁCERES)
www.trasierratierrasdegranadilla.es
3
Todos los requisitos establecidos en esta base deberán cumplirse en el momento de finalización del
plazo de presentación de instancias, mantenerse durante el proceso selectivo y acreditarse en caso de
obtener plaza.
BASE CUARTA: FUNCIONES Y CARACTERÍSTICAS DE LOS CONTRATOS.
Las funciones a desarrollar, serán las siguientes en función del puesto:
Las correspondientes al AUXILIAR ADMINISTRATIVO de la O.T.U.D.T.S. serán las que a continuación se
enumeran:
– Gestión administrativa de la oficina, registro de documentos, correspondencia, manejo de
equipos ofimáticos (ordenadores, fotocopiadora, impresoras…) correos electrónicos, agendas….
– Encarpetar y archivar toda la documentación generada por la Oficina
– Despachar con el Director/a de la oficina.
– Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría para la cual haya sido previamente
instruido, a requerimiento de la dirección de la oficina.
El periodo de contratación será hasta el día 31 de diciembre de 2025, pudiendo ser objeto de
prórroga, condicionada a la existencia y condiciones de la subvención que financie la O.T.U.D.T.S. y a la
voluntad de mantener el mismo por parte de los municipios de esta Mancomunidad.
El contrato se entenderá iniciado el día de la fecha de alta real en la Seguridad Social y finalizado el día
de baja real en la Seguridad Social.
Se establece un periodo de prueba inicial de dos meses.
BASE QUINTA: AMBITO TERRITORIAL/DESARROLLO DE LOS SERVICIOS
El ámbito territorial donde prestará servicios, quedará conformado por el siguiente conjunto de
términos municipales y entidades locales menores o pedanías aisladas, que, según los estatutos, forman
parte de la Mancomunidad: Ahigal, Cabezabellosa, Cerezo, La Granja, Guijo de Granadilla, jarilla,
Marchagaz, Oliva de Plasencia, Palomero, La Pesga, Santa Cruz de Paniagua Santibáñez el Bajo, Villar de
Plasencia.
Mediante resolución de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, el ámbito de aplicación
subjetiva podrá extenderse a otros municipios, previa propuesta de la Mancomunidad. Del mismo modo
podrá quedar fuera de su ámbito de aplicación, cualquiera de los municipios que estuvieran dentro del
mismo, a propuesta de la Mancomunidad, previa audiencia del municipio afectado.
El servicio se realizará en la Sede administrativa de la Mancomunidad, sita en el Poblado de Gabriel y
Galán con desplazamiento a las localidades que integran la Mancomunidad por necesidades del servicio.
MEDIO DE LOCOMOCION: La Mancomunidad Integral no facilitará el medio de transporte necesario,
para el traslado del trabajador/a desde la sede la Mancomunidad a los Municipios que constituyan su
zona de actuación.
Cód.
Validación:
APAM66C6PLQYSYXW655N3JZYT
Verificación:
https://trasierratierrasdegranadilla.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-6391
Verificable
en:
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Miércoles, 11 de diciembre de 2024
N.º 0238
Pág. 26771
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Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla.- Tlfno: 927 02 43 90
10.712 Pantano de Gabriel y Galán (CÁCERES)
www.trasierratierrasdegranadilla.es
3
Todos los requisitos establecidos en esta base deberán cumplirse en el momento de finalización del
plazo de presentación de instancias, mantenerse durante el proceso selectivo y acreditarse en caso de
obtener plaza.
BASE CUARTA: FUNCIONES Y CARACTERÍSTICAS DE LOS CONTRATOS.
Las funciones a desarrollar, serán las siguientes en función del puesto:
Las correspondientes al AUXILIAR ADMINISTRATIVO de la O.T.U.D.T.S. serán las que a continuación se
enumeran:
– Gestión administrativa de la oficina, registro de documentos, correspondencia, manejo de
equipos ofimáticos (ordenadores, fotocopiadora, impresoras…) correos electrónicos, agendas….
– Encarpetar y archivar toda la documentación generada por la Oficina
– Despachar con el Director/a de la oficina.
– Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría para la cual haya sido previamente
instruido, a requerimiento de la dirección de la oficina.
El periodo de contratación será hasta el día 31 de diciembre de 2025, pudiendo ser objeto de
prórroga, condicionada a la existencia y condiciones de la subvención que financie la O.T.U.D.T.S. y a la
voluntad de mantener el mismo por parte de los municipios de esta Mancomunidad.
El contrato se entenderá iniciado el día de la fecha de alta real en la Seguridad Social y finalizado el día
de baja real en la Seguridad Social.
Se establece un periodo de prueba inicial de dos meses.
BASE QUINTA: AMBITO TERRITORIAL/DESARROLLO DE LOS SERVICIOS
El ámbito territorial donde prestará servicios, quedará conformado por el siguiente conjunto de
términos municipales y entidades locales menores o pedanías aisladas, que, según los estatutos, forman
parte de la Mancomunidad: Ahigal, Cabezabellosa, Cerezo, La Granja, Guijo de Granadilla, jarilla,
Marchagaz, Oliva de Plasencia, Palomero, La Pesga, Santa Cruz de Paniagua Santibáñez el Bajo, Villar de
Plasencia.
Mediante resolución de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, el ámbito de aplicación
subjetiva podrá extenderse a otros municipios, previa propuesta de la Mancomunidad. Del mismo modo
podrá quedar fuera de su ámbito de aplicación, cualquiera de los municipios que estuvieran dentro del
mismo, a propuesta de la Mancomunidad, previa audiencia del municipio afectado.
El servicio se realizará en la Sede administrativa de la Mancomunidad, sita en el Poblado de Gabriel y
Galán con desplazamiento a las localidades que integran la Mancomunidad por necesidades del servicio.
MEDIO DE LOCOMOCION: La Mancomunidad Integral no facilitará el medio de transporte necesario,
para el traslado del trabajador/a desde la sede la Mancomunidad a los Municipios que constituyan su
zona de actuación.
Cód.
Validación:
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Miércoles, 11 de diciembre de 2024
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Pág. 26771