Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla. (BOP-2024-6391)
BOP-2024-6391 Bases convocatoria proceso selectivo mediante oposición libre para la contratación laboral temporal de un Auxiliar Administrativo/a que se integrará en la OTUDTS.
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MANCOMUNIDAD Trasierra Tierras de Granadilla
____________________________________________________________________________________________________________________
Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla.- Tlfno: 927 02 43 90
10.712 Pantano de Gabriel y Galán (CÁCERES)
www.trasierratierrasdegranadilla.es
2
del Estatuto Básico del Empleado Público; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, del Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo de
aplicación supletoria el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio del Estado, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, así como la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás
normas concordantes de aplicación.
BASE TERCERA: REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Para ser admitido/a a la realización de las pruebas selectivas, de conformidad con el artículo 56 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español, de acuerdo con las leyes vigentes o tener nacionalidad de cualquiera de los estados
miembros de la Unión Europea o de aquellos estados, que en virtud de tratados internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores, en conformidad con la Ley 17/1.993.
(De conformidad con lo establecido en el Art.57.4. del RDL 5/2015, de 30 de octubre (TRLEBEP), los
extranjeros a los que se refieren los apartados anteriores del artículo 57, así como los extranjeros con
residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en
igualdad de condiciones que los españoles.)
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, o en condiciones
de obtenerlo en la fecha en que finalice el mismo
Para del puesto de AUXILIAR ADMINISTRATIVO. ‐ Título oficial de Grado Medio en Administración y/o
Grado Superior en Administración y Finanzas
En el supuesto de invocar un Título equivalente obtenido en España cuya homologación expresa no esté
recogida en la normativa del Ministerio que tenga atribuidas la competencia en la materia, u obtenido
en el extranjero, habrá de acompañarse certificado expedido por la Secretaría de Estado de Educación, u
organismo que en su caso le sustituya, que acredite la equivalencia.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño del puesto al que se aspira.
e) No hallarse incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la legislación vigente.
f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a
las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
g) Estar en posesión del permiso de conducir tipo B, disponibilidad de vehículo y estar en disposición de
realizar los desplazamientos necesarios para el desarrollo de las actividades propias del puesto de
trabajo.
Cód.
Validación:
APAM66C6PLQYSYXW655N3JZYT
Verificación:
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Documento
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Miércoles, 11 de diciembre de 2024
N.º 0238
Pág. 26770
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10.712 Pantano de Gabriel y Galán (CÁCERES)
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del Estatuto Básico del Empleado Público; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, del Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo de
aplicación supletoria el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio del Estado, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, así como la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás
normas concordantes de aplicación.
BASE TERCERA: REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Para ser admitido/a a la realización de las pruebas selectivas, de conformidad con el artículo 56 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español, de acuerdo con las leyes vigentes o tener nacionalidad de cualquiera de los estados
miembros de la Unión Europea o de aquellos estados, que en virtud de tratados internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores, en conformidad con la Ley 17/1.993.
(De conformidad con lo establecido en el Art.57.4. del RDL 5/2015, de 30 de octubre (TRLEBEP), los
extranjeros a los que se refieren los apartados anteriores del artículo 57, así como los extranjeros con
residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en
igualdad de condiciones que los españoles.)
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, o en condiciones
de obtenerlo en la fecha en que finalice el mismo
Para del puesto de AUXILIAR ADMINISTRATIVO. ‐ Título oficial de Grado Medio en Administración y/o
Grado Superior en Administración y Finanzas
En el supuesto de invocar un Título equivalente obtenido en España cuya homologación expresa no esté
recogida en la normativa del Ministerio que tenga atribuidas la competencia en la materia, u obtenido
en el extranjero, habrá de acompañarse certificado expedido por la Secretaría de Estado de Educación, u
organismo que en su caso le sustituya, que acredite la equivalencia.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño del puesto al que se aspira.
e) No hallarse incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la legislación vigente.
f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a
las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
g) Estar en posesión del permiso de conducir tipo B, disponibilidad de vehículo y estar en disposición de
realizar los desplazamientos necesarios para el desarrollo de las actividades propias del puesto de
trabajo.
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