Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-6352)
BOP-2024-6352 Convenio Fundación Santa Bárbara.
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SEGUNDO.- Que en base a este convenio y teniendo en cuenta lo establecido en los
art.2º y 25º de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,
y el art. 35º de la Ley 14/2015, de 9 de abril, ley de Servicios Sociales de Extremadura,
el Ayuntamiento de Plasencia manifiesta su deseo de suscribir un convenio con la
Fundación Centro de Santa Bárbara.
Por todo lo expuesto, las Partes formalizan el presente convenio de acuerdo con las
siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- El presente convenio tiene por finalidad el mantenimiento de la
Comunidad Terapéutica de acuerdo al Proyecto adjunto a este Convenio,
financiándose únicamente los gastos de personal y gastos corrientes.
La financiación se refiere a los gastos del Proyecto presentado por dicha Fundación,
que comprende tres itinerarios de tratamiento que son los siguientes:
- Centro de Día.
- Comunidad Terapéutica.
- Reinserción social.
SEGUNDA.- La contratación de personal necesario para el correcto desarrollo y
ejecución del programa, será de cargo exclusivo de la Fundación Santa Bárbara sin
que en ningún caso suponga para el Ayuntamiento de Plasencia obligación y/o
vinculación laboral alguna.
TERCERA.- El Ayuntamiento financiará con la cantidad de 11.616,00 euros el
mantenimiento de la Comunidad Terapéutica dependiente de la Fundación Santa
Bárbara con cargo a la partida presupuestaria 0105 23111 48202 del presupuesto
municipal del 2024 denominada A. Fundación Santa Bárbara (Proyecto Hombre.),
tratándose de una partida nominativa. El tanto por ciento del presupuesto del
proyecto a financiar por el beneficiario, bien por financiación propia o a través
de otras subvenciones será como mínimo del 50 %.
CUARTA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de
acuerdo con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de
CVE:
BOP-2024-6352
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 10 de diciembre de 2024
N.º 0237
Pág. 26559
SEGUNDO.- Que en base a este convenio y teniendo en cuenta lo establecido en los
art.2º y 25º de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,
y el art. 35º de la Ley 14/2015, de 9 de abril, ley de Servicios Sociales de Extremadura,
el Ayuntamiento de Plasencia manifiesta su deseo de suscribir un convenio con la
Fundación Centro de Santa Bárbara.
Por todo lo expuesto, las Partes formalizan el presente convenio de acuerdo con las
siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- El presente convenio tiene por finalidad el mantenimiento de la
Comunidad Terapéutica de acuerdo al Proyecto adjunto a este Convenio,
financiándose únicamente los gastos de personal y gastos corrientes.
La financiación se refiere a los gastos del Proyecto presentado por dicha Fundación,
que comprende tres itinerarios de tratamiento que son los siguientes:
- Centro de Día.
- Comunidad Terapéutica.
- Reinserción social.
SEGUNDA.- La contratación de personal necesario para el correcto desarrollo y
ejecución del programa, será de cargo exclusivo de la Fundación Santa Bárbara sin
que en ningún caso suponga para el Ayuntamiento de Plasencia obligación y/o
vinculación laboral alguna.
TERCERA.- El Ayuntamiento financiará con la cantidad de 11.616,00 euros el
mantenimiento de la Comunidad Terapéutica dependiente de la Fundación Santa
Bárbara con cargo a la partida presupuestaria 0105 23111 48202 del presupuesto
municipal del 2024 denominada A. Fundación Santa Bárbara (Proyecto Hombre.),
tratándose de una partida nominativa. El tanto por ciento del presupuesto del
proyecto a financiar por el beneficiario, bien por financiación propia o a través
de otras subvenciones será como mínimo del 50 %.
CUARTA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de
acuerdo con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de
CVE:
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Verificable
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