Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-6350)
BOP-2024-6350 Convenio de colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y el Hogar de Nazaret, residencia geriátrica dependiente de Cáritas Interparroquial Plasencia 2024
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CLÁUSULAS
PRIMERA.- El presente Convenio tiene como objetivos, que la Residencia de ancianos
“Hogar de Nazaret” acoja a las personas ancianas de ambos sexos y otras en situación de
desvalimiento que, necesitando protección y asistencia física, social o moral, puedan ser
admitidas según las normas del centro, ofreciendo en la medida de lo posible un marco de
participación en la vida residencial y comunitaria. Programar la vida del Centro en orden a
conseguir el desarrollo integral de la persona residente, fomentando un ambiente de
convivencia y una actitud de profundo respeto a la persona. Desarrollar las tareas teniendo
presente los valores humanos y los principios evangélicos, acogiendo a los más débiles y
necesitados.
Como Objetivos Específicos, entre otros, mejorar y mantener hasta donde sea posible, la
capacidad funcional mediante técnicas rehabilitadoras. Prevenir el incremento de la
dependencia mediante terapias y programas adecuados. Controlar y seguir terapéuticamente
las enfermedades y trastornos detectados. Ofrecer un régimen de alimentación sana,
equilibrada y variada.
SEGUNDA.- La contratación de personal necesario para el correcto desarrollo y ejecución del
programa, será de cargo exclusivo de Cáritas Interparroquial de Plasencia sin que en ningún
caso suponga para el Ayuntamiento de Plasencia obligación y/o vinculación laboral alguna.
TERCERA.- El Ayuntamiento financiará con la cantidad de 12.000,00 el Programa a
desarrollar por Cáritas Interparroquial de Plasencia con cargo a las partida presupuestaria
0107 23114 482.12 del presupuesto municipal del 2024 denominada “A. fundación Hogar
de Nazaret”, tratándose de una partida nominativa, el tanto por ciento del presupuesto
del proyecto a financiar por el beneficiario, bien por financiación propia o a través de
otras subvenciones será como mínimo del 25 %.
Únicamente se financiarán los gastos correspondientes a ayuda para cubrir costes de
ingreso de plazas a personas mayores de Plasencia con carencia de recursos
económicos hasta el límite de la cuantía presupuestada para el año 2024 de este
convenio.
CUARTA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de acuerdo
con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, que
señala que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con
carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las
actuaciones inherentes a la subvención. Dicha posibilidad y el régimen de garantías deberán
preverse expresamente en la normativa reguladora de la subvención.
El pago de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará en la forma descrita en el
párrafo anterior, sin que deban aportarse garantías por parte de la entidad beneficiaria, dado
el carácter no lucrativo de la asociación y el carácter social del programa de la entidad
beneficiaria.
CVE:
BOP-2024-6350
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 10 de diciembre de 2024
N.º 0237
Pág. 26547
CLÁUSULAS
PRIMERA.- El presente Convenio tiene como objetivos, que la Residencia de ancianos
“Hogar de Nazaret” acoja a las personas ancianas de ambos sexos y otras en situación de
desvalimiento que, necesitando protección y asistencia física, social o moral, puedan ser
admitidas según las normas del centro, ofreciendo en la medida de lo posible un marco de
participación en la vida residencial y comunitaria. Programar la vida del Centro en orden a
conseguir el desarrollo integral de la persona residente, fomentando un ambiente de
convivencia y una actitud de profundo respeto a la persona. Desarrollar las tareas teniendo
presente los valores humanos y los principios evangélicos, acogiendo a los más débiles y
necesitados.
Como Objetivos Específicos, entre otros, mejorar y mantener hasta donde sea posible, la
capacidad funcional mediante técnicas rehabilitadoras. Prevenir el incremento de la
dependencia mediante terapias y programas adecuados. Controlar y seguir terapéuticamente
las enfermedades y trastornos detectados. Ofrecer un régimen de alimentación sana,
equilibrada y variada.
SEGUNDA.- La contratación de personal necesario para el correcto desarrollo y ejecución del
programa, será de cargo exclusivo de Cáritas Interparroquial de Plasencia sin que en ningún
caso suponga para el Ayuntamiento de Plasencia obligación y/o vinculación laboral alguna.
TERCERA.- El Ayuntamiento financiará con la cantidad de 12.000,00 el Programa a
desarrollar por Cáritas Interparroquial de Plasencia con cargo a las partida presupuestaria
0107 23114 482.12 del presupuesto municipal del 2024 denominada “A. fundación Hogar
de Nazaret”, tratándose de una partida nominativa, el tanto por ciento del presupuesto
del proyecto a financiar por el beneficiario, bien por financiación propia o a través de
otras subvenciones será como mínimo del 25 %.
Únicamente se financiarán los gastos correspondientes a ayuda para cubrir costes de
ingreso de plazas a personas mayores de Plasencia con carencia de recursos
económicos hasta el límite de la cuantía presupuestada para el año 2024 de este
convenio.
CUARTA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de acuerdo
con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, que
señala que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con
carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las
actuaciones inherentes a la subvención. Dicha posibilidad y el régimen de garantías deberán
preverse expresamente en la normativa reguladora de la subvención.
El pago de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará en la forma descrita en el
párrafo anterior, sin que deban aportarse garantías por parte de la entidad beneficiaria, dado
el carácter no lucrativo de la asociación y el carácter social del programa de la entidad
beneficiaria.
CVE:
BOP-2024-6350
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 10 de diciembre de 2024
N.º 0237
Pág. 26547