Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6342)
BOP-2024-6342 Aprobación definitiva Reglamento Regulador de la Composición y Designación de los Tribunales de Selección en la Diputación de Cáceres y sus Organismos Autónomos.
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AREA DE PERSONAL, GESTIÓN DE RECURSOS
HUMANOS, SEPEI Y PREVENCIÓN DE RIESGOS
LABORALES.
2. En todo caso, el miembro del Órgano de Selección que solicitara su exclusión del
mismo, deberá motivar las circunstancias que impiden su participación, en escrito dirigido
al Diputado/a-Delegado/a del Área de Personal, en cuando conozca de las mismas.
3. Serán motivos de exclusión del censo:
a) El retraso injustificado en la comunicación de la imposibilidad de formar parte del
Órgano de Selección que perjudique el funcionamiento del Órgano de Selección.
b) La falta de justificación suficiente del motivo alegado; a tal fin no se considerarán
justificadas las renuncias que sean consecuencia del disfrute de vacaciones, si éstas han
sido solicitadas con posterioridad a la publicación de la Convocatoria de la prueba
selectiva.
ARTÍCULO SÉPTIMO. Asesores especialistas y personal colaborador.
La participación de asesores especialistas y personal colaborador en los Órganos de
Selección será posible siempre que así esté previsto en la Convocatoria.
ARTÍCULO OCTAVO. Manual de Instrucciones y buenas prácticas de los Tribunales de la
Diputación de Cáceres y sus Organismos Autónomos.
En el plazo de un mes desde la publicación del presente Reglamento se aprobará por
parte del Diputado Delegado del Área de Personal el "Manual de Instrucciones y buenas
prácticas de los Tribunales de la Diputación de Cáceres y sus Organismos Autónomos"
comprensivo de aquellas cuestiones concernientes al régimen y funcionamiento de los
tribunales, el cual será publicado en el Portal del Empleado Público, en el Portal de
Transparencia y en el espacio del servicio de Empleo Público de la página web de la
Diputación Provincial; así mismo, será entregado a los Secretarios de los Tribunales que
se nombren.
ARTÍCULO NOVENO. Acreditación de la capacitación, competencia y preparación
adecuadas.
Los empleados públicos que deseen formar parte del censo podrán ser evaluados por la
Administración sobre su capacitación, competencia y preparación adecuadas para formar
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https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF205EA4094YZ3K69Z20EMJ31OQ1PMW0
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|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
05/12/2024
10:17
11/12
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-6342
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 10 de diciembre de 2024
N.º 0237
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