Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-6327)
BOP-2024-6327 Convenio de colaboración de entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y el IES Gabriel y Galán, para colaborar en la financiación del premio literario "Gerardo Rovira" para el año 2024.
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CLÁUSULAS
PRIMERA.- El presente convenio tiene como objetivos colaborar en la financiación
de la Convocatoria del Premio Literario “Gerardo Rovira”, que tiene una dotación de
400,00 euros para el autor o autores del trabajo ganador.
SEGUNDA.- El Ayuntamiento financiará con la cantidad de 400,00 euros la
Convocatoria del Premio Literario “Gerardo Rovira”, convocado por dicho Instituto de
Enseñanza Secundaria con cargo a la partida presupuestaria 0109 3261 48916 del
presupuesto municipal del 2024 denominada Convenio IES Gabriel y Galán Premio
Literario, lo que supone el 100 % de la financiación para llevar a cabo el citado
proyecto.
TERCERA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de
acuerdo con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, que señala que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán
entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria
para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha
posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la
normativa reguladora de la subvención.
El pago de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará en la forma
descrita en el párrafo anterior, sin que deban aportarse garantías por parte de la
entidad beneficiaria, dado el carácter no lucrativo de la entidad y el interés cultural de
la actividad subvencionada.
La no justificación del gasto dará lugar a la devolución de las cantidades
satisfechas y no justificadas.
CUARTA.- En la publicidad que se realice en los medios de comunicación de la
Convocatoria del Premio Literario ”Gerardo Rovira”, será preciso que aparezcan los
elementos distintivos del Ayuntamiento de Plasencia.
QUINTA.- Se considerarán gastos subvencionables los destinados a la ejecución del
programa realizados hasta el 31 de diciembre de 2024, y en concreto los premios
CVE:
BOP-2024-6327
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de diciembre de 2024
N.º 0236
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