Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6296)
BOP-2024-6296 Plan de obras extraordinario 2024: Aprobación normas reguladoras y abono.
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Servicio General de Planificación
4. Cuando, de conformidad con los apartados anteriores de este artículo, la ejecución de las obras o la
fabricación de los bienes muebles se efectúe en colaboración con empresarios particulares, el régimen
jurídico aplicable a estos contratos será el previsto para los contratos de obras o de suministro en la presente
Ley. La selección del empresario colaborador se efectuará por los procedimientos de adjudicación
establecidos en el artículo 131, salvo en el caso previsto en la letra d) del apartado 1 del presente artículo.
En los supuestos de obras incluidas en las letras a) y b) del apartado 1 del presente artículo, la contratación
con colaboradores no podrá sobrepasar el 60 por ciento del importe total del proyecto.
5. La autorización de la ejecución de obras y de la fabricación de bienes muebles y, en su caso, la aprobación
del proyecto, corresponderá al órgano competente para la aprobación del gasto o al órgano que determinen
las disposiciones orgánicas de las Comunidades Autónomas, en su respectivo ámbito.
Lo dispuesto en el párrafo anterior también resulta de aplicación a los encargos a medios propios
personificados regulados en los artículos 32 y 33.”
Y para que así conste, a los efectos de la justificación de la ejecución del gasto de la aportación provincial
otorgado a esta Administración, expido la presente.
En a de de 20
VºBº EL/LAALCALDE/SA, EL/LA SECRETARIO/A O EL/LA SECRETARIO/A-INTERVENTOR/A,
Fdo. Fdo. _____________________
CVE:
BOP-2024-6296
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de diciembre de 2024
N.º 0236
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