Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6272)
BOP-2024-6272 Convocatoria Plan de Empleo Entidades Locales 2025.
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concesión definitiva, y con anterioridad a la presentación de la correspondiente justificación, de
conformidad con lo establecido en el artículo 13.1 de la Ordenanza General de Subvenciones,
y en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y en todo caso siempre que
la persona beneficiaria se encuentre al corriente de sus obligaciones fiscales y no tenga
pendiente reintegros en vía ejecutiva con la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
GARANTÍAS. No será exigible la prestación de garantía al estar las Administraciones Públicas
exentas de su prestación, en consonancia con el artículo 13.2 de la Ordenanza General de
Subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres, y del artículo 42.2 a) del Reglamento
General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
COMPROMISOS DE LA DIPUTACIÓN DE CÁCERES:
La Diputación aportará a cada Entidad Local la cantidad fijada en el Anexo I y Anexo II
que acompañan a estas bases, y siempre conforme a lo solicitado, para dedicarlo al
objeto de la subvención.
En ningún caso, la cantidad concedida podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia
con subvenciones de otras Administraciones públicas o entes públicos o privados,
superen el coste efectivo de las contrataciones.
La concesión y el abono de la subvención se realizarán una vez que la entidad local
haya presentado completa y correctamente su solicitud, en el modelo facilitado al
efecto, como se indica en la Base Sexta "Sistema de Tramitación" y, en su caso, la
documentación que se le requiera a efectos de subsanación de la solicitud.
La Diputación atenderá a las medidas de difusión pública precisas para garantizar la
publicidad de la presente ayuda económica.
La Diputación de Cáceres pondrá a disposición de los beneficiarios las presentes
bases, a los efectos de su conocimiento, así como los documentos precisos para la
tramitación de la ayuda en la dirección de la sede electrónica indicada en Base Sexta
de esta convocatoria.
BASE QUINTA.- COMPROMISOS A ASUMIR POR LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS
Las entidades locales se comprometen a desarrollar las actuaciones necesarias para la
ejecución plena de la actividad subvencionada y, además, deberán:
CVE:
BOP-2024-6272
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de diciembre de 2024
N.º 0235
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