Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-6261)
BOP-2024-6261 Convenio de colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y el banco de alimentos de Cáceres (delegación de Plasencia) para la colaboración en la financiación de sus actividades
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CLÁUSULAS
PRIMERA.- El presente convenio tiene por objeto, colaborar en la financiación de las
actividades que desarrolla el Banco de Alimentos de Cáceres, en su delegación de
Plasencia.
Únicamente se financiarán los gastos correspondientes, a los gastos
corrientes expresamente previstos en este Convenio.
SEGUNDA.- El Ayuntamiento financiará con la cantidad de 8.000,00 euros para los
gastos corrientes previstos en el presente convenio del Banco de Alimentos de
Cáceres, delegación de Plasencia, con cargo a las partida presupuestaria 0105
23111 48219 del presupuesto municipal del 2024 denominada “A Banco de
Alimentos de Cáceres”, tratándose de una partida nominativa.
TERCERA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de
acuerdo con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, que señala que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán
entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria
para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha
posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la
normativa reguladora de la subvención.
El pago de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará en la forma
descrita en el párrafo anterior, sin que deban aportarse garantías por parte de la
entidad beneficiaria, dado el carácter no lucrativo de la asociación y el carácter social
del programa de la entidad beneficiaria.
Deberá acreditarse la justificación de los gastos de la actividad subvencionada
(el importe total de la misma, no únicamente la parte subvencionada) y el fin
CVE:
BOP-2024-6261
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de diciembre de 2024
N.º 0234
Pág. 26250
CLÁUSULAS
PRIMERA.- El presente convenio tiene por objeto, colaborar en la financiación de las
actividades que desarrolla el Banco de Alimentos de Cáceres, en su delegación de
Plasencia.
Únicamente se financiarán los gastos correspondientes, a los gastos
corrientes expresamente previstos en este Convenio.
SEGUNDA.- El Ayuntamiento financiará con la cantidad de 8.000,00 euros para los
gastos corrientes previstos en el presente convenio del Banco de Alimentos de
Cáceres, delegación de Plasencia, con cargo a las partida presupuestaria 0105
23111 48219 del presupuesto municipal del 2024 denominada “A Banco de
Alimentos de Cáceres”, tratándose de una partida nominativa.
TERCERA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de
acuerdo con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, que señala que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán
entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria
para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha
posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la
normativa reguladora de la subvención.
El pago de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará en la forma
descrita en el párrafo anterior, sin que deban aportarse garantías por parte de la
entidad beneficiaria, dado el carácter no lucrativo de la asociación y el carácter social
del programa de la entidad beneficiaria.
Deberá acreditarse la justificación de los gastos de la actividad subvencionada
(el importe total de la misma, no únicamente la parte subvencionada) y el fin
CVE:
BOP-2024-6261
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de diciembre de 2024
N.º 0234
Pág. 26250