Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6234)
BOP-2024-6234 Bases reguladoras del Plan Activa Cultura Deporte 2025 de subvenciones a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres para la financiación de actividades culturales y deportivas.
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Del mismo modo los municipios que cuenten con Pedanías que figuren reconocidas como tal
por la Junta de Extremadura, o bien dispongan de unidades poblacionales independientes
distintas a las pedanías que cuenten con más de 20 habitantes (extremo que declarará el
representante legal de la entidad en el Anexo a estas bases, y podrá ser cotejado por el órgano
gestor con los datos existentes en el INE), podrán adicionar, siempre que lo reseñen en la
solicitud, 700 euros por cada una de ellas destinados a actuaciones del Catálogo de Artistas de
la Provincia de Cáceres denominado GUIARTEX gestionado por la Diputación Provincial de
Cáceres.
El importe de estas partidas adicionales debe ser íntegramente imputado a las actividades para
las que se otorgan, no pudiendo utilizarse un posible sobrante a otras actividades distintas de
las contempladas en este apartado.
En el caso de que existiera un sobrante en los créditos asignados durante la tramitación de los
expedientes, no se procederá a realizar una reasignación de estos créditos. Igualmente, en el
caso de que alguna Entidad local solicite una cuantía inferior a la establecida en la asignación
inicial, se considerará decaída la parte de asignación no solicitada. La aportación que se
conceda por la Diputación tiene la condición de definitiva. Se admiten para la financiación
municipal otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad,
procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión
Europea u organismos internacionales, siempre y cuando la entidad concedente no lo prohíba y
los importes a recibir por el municipio no superen el coste de las actividades justificadas.
Queda expresamente prohibida la utilización de otras subvenciones, obtenidas de esta
Diputación, para sufragar gastos del Plan Activa Cultura Deporte 2025.
BASE TERCERA. RÉGIMEN DE PAGO Y GARANTÍAS
RÉGIMEN DE PAGO.
Las ayudas concedidas a través de la presente Convocatoria tendrán carácter prepagable, esto
es, la Diputación procederá al pago de las mismas, una vez se produzca la concesión definitiva
de las ayudas y, con anterioridad a la presentación de la correspondiente justificación, de
conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ordenanza de Subvenciones de esta
Diputación y en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en todo caso
siempre que la entidad beneficiaria no tenga cantidades pendientes de reintegrar relativas a
expedientes de subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres.
CVE:
BOP-2024-6234
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de diciembre de 2024
N.º 0234
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