Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-6219)
BOP-2024-6219 EXTRACTO Programa Bonos al Consumo.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
de emergencia social. El Presupuesto municipal contendrá la consignación anual que se
destinará a la concesión de estas subvenciones…”
Por lo tanto, mediante el presente Programa se efectúa la puesta en marcha de un
programa de ayudas, en régimen de concesión directa, destinado a prestar apoyo económico,
fomentando el consumo en las pymes.
2.- BASES REGULADORAS Y NORMATIVA APLICABLE.
Las bases reguladoras por las que se rige la presente convocatoria es la Ordenanza
General de Subvenciones del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, aprobada
definitivamente por acuerdo del Pleno en sesión de fecha 12 de noviembre de 2015, siendo
publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia, número 5, de fecha 11 de enero de 2016.
La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en las bases
reguladoras, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante
LGS) y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio
(en adelante RLGS) y en las Bases de ejecución del Presupuesto Municipal para el ejercicio
2021 y, supletoriamente, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, y cualquier otra disposición normativa que por su
naturaleza pudiera resultar de aplicación.
La gestión de estas subvenciones se sujetará a los principios de publicidad, transparencia,
objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de
objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
La concesión de estas ayudas, regulada en esta convocatoria, se realizará en régimen de
concesión directa, de acuerdo con lo establecido en los artículos 22.2 y 28 de la Ley 38/20,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Se designa a la Cámara de Comercio de Cáceres como entidad colaboradora, de
acuerdo con lo previsto en los artículos 12 a 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, mediante concesión directa de subvención prevista
nominativamente en el presupuesto, “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE NAVALMORAL DE LA MATA Y LA CÁMARA
Plaza de España, 1 ■ Teléfonos: 927 53 01 00 – 927 53 01 04 – 927 53 08 04 ■ Fax: 927 53 53 60 ■ 10300 NAVALMORAL DE LA MATA (Cáceres)
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Lunes, 2 de diciembre de 2024
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