Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-6219)
BOP-2024-6219 EXTRACTO Programa Bonos al Consumo.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
e) Contrato de constitución de la sociedad civil, comunidad de bienes u otras
entidades económicas sin personalidad jurídica.
f) Escritura de constitución y los estatutos de la persona jurídica actualizados,
inscritos en el correspondiente Registro.
g) Acreditación de los poderes de la persona administradora y de la que
presenta la solicitud en caso de no ser la misma persona.
5 Se podrá pedir de oficio cualquier documentación que resulte necesaria para la
acreditación de los requisitos establecidos en esta convocatoria o para la inclusión en
la línea correspondiente de cuantía establecida de subvención.
11. - PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
1. El documento conforme al Anexo I para la obtención de las subvenciones reguladas
en la presente convocatoria estará disponible en la web municipal
https://www.aytonavalmoral.es.
2. Las solicitudes, que deberán dirigirse al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Navalmoral de la Mata, se presentarán por vía telemática a través de la Sede
Electrónica del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/. En el apartado de “Tablón de anuncios”,
seleccionar Ayudas y Subvenciones.
3. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos
de firma admitidos por la sede electrónica del Ayuntamiento de Navalmoral de la
Mata y que pueden comprobarse en el apartado de sistemas de firma electrónica
admitidos y/o usados en la sede, así como en el Registro General del Ayuntamiento
de Navalmoral de la Mata, este último caso sólo para las personas físicas.
4. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales a partir del día
siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres (BOP) sin perjuicio de su posible ampliación en los términos
establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo
común de las administraciones públicas.
5. La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no
utilización de los formularios normalizados de uso obligatorio, serán causas de
inadmisión.
6. El alta y el uso de la aplicación por las empresas supondrá la aceptación de las
condiciones de uso y de la política de privacidad conforme al Reglamento (UE)
nº 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a
Plaza de España, 1 ■ Teléfonos: 927 53 01 00 – 927 53 01 04 – 927 53 08 04 ■ Fax: 927 53 53 60 ■ 10300 NAVALMORAL DE LA MATA (Cáceres)
Exp 4970/2024
Cód.
Validación:
7F32ME4464PPSQZKWNFSR3CZZ
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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de
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CVE:
BOP-2024-6219
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 2 de diciembre de 2024
N.º 0233
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