Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2024-6216)
BOP-2024-6216 Convocatoria creación de una bolsa de trabajo para la contratación de personal laboral temporal de Peón de Servicios Múltiples (discapacidad).
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CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO “EL MADROÑO”
Q-1000513-J
Calle Real s/n, C.P. 10210 – Madroñera (Cáceres)
Tlfn.: 927 31 91 92 / Fax.: 927 31 91 16
BASES REGULADORAS PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA
CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL DE PEÓN DE SERVICIOS
MULTIPLES CON DISCAPACIDAD PARA EL CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO “EL
MADROÑO”
Exposición de motivos.
La constitución de la presente bolsa de trabajo tiene por finalidad establecer un
procedimiento ágil para la inmediata puesta a disposición del personal de usos múltiples
del personal con discapacidad capacitado necesario para la correcta prestación de dicho
servicio, con carácter temporal y siempre que no se cuente para ello con personal propio.
I. DISPOSICIONES GENERALES
Base Primera. Objeto.
1. Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento de selección para
la creación de una Bolsa de Trabajo para la contratación de personal laboral que sea
necesario para la para la provisión de las vacantes de carácter temporal que se generen en
la Plantilla Municipal del Centro Especial de Empleo “El Madroño” correspondientes la
categoría Peón de Servicios Múltiples, siempre y cuando se requiera una cobertura ágil o
urgente para atender a las demandas de personal.
2. Las contrataciones serán realizada por una durabilidad de seis meses a jornada
completa.
3. La bolsa de empleo tendrá una durabilidad de un año pasado este tiempo, se
volverán a sacar una nueva bolsa de empleo ya que pueden modificarse las condiciones
particulares de cada solicitante.
4. El contrato se formalizara por contrato temporal laboral con una categoría
profesional de E-12.
La modalidad del contrato es la de contrato laboral eventual a tiempo completo
regulada por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores con una
durabilidad de 6 meses.
La jornada de trabajo será según convenio, a jornada completa, el horario que
deberá realizar el trabajador seleccionado será el legalmente determinado por la Alcaldía
en función de las necesidades del servicio, ajustándose a las necesidades del servicio, sin
perjuicio de la distribución horaria establecida, incluyendo tardes, domingos y festivos.
Base Segunda. Requisitos de los solicitantes.
1. Podrán formar parte del procedimiento selectivo para la constitución de una Bolsa de
Trabajo los solicitantes que reúnan los siguientes requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española o nacionalidad de un Estado miembro de la Unión
Europea o extranjero, según lo previsto en el Art. 10.2 de la Ley Orgánica 4/200, de 11 de
Cód.
Validación:
6X53PZNHYS62CCPTJNNFAGTWF
Verificación:
https://madronera.sedelectronica.es/
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Lunes, 2 de diciembre de 2024
N.º 0233
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