Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2024-6177)
BOP-2024-6177 Convenio de delegación de gestión tributaria y recaudatoria con la Entidad Local Menor de la Moheda de Gata.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
- Tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, tratamiento y
eliminación de los mismos.
- Tasa por licencia de vado permanente.
II) Recaudación en periodo voluntario y ejecutivo:
- Tasa por el suministro de Agua potable.
- Tasa por el suministro de Alcantarillado y Depuración de Aguas residuales.
- Tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, tratamiento y
eliminación de los mismos.
- Tasa por licencia de vado permanente.
III) Recaudación en periodo ejecutivo:
- El resto de Tributos (Tasas, Contribuciones especiales e Impuestos, recargos exigibles sobre
los impuestos), Precios Públicos, Multas y Sanciones y demás ingresos de Derecho Público
que deba percibir la Entidad Local Menor.
Asimismo, si en el apartado I del párrafo anterior se ha delegado la Gestión Tributaria y
Recaudación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, se encomienda también en
el O.A.R.G.T. la Gestión Censal del mismo.
SEGUNDA.- CONTABILIDAD.
El O.A.R.G.T. habrá de llevar contabilidad separada, con distinción de concepto, ejercicio y año
de contraído de los créditos, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo de
cobranza, para la Entidad Local Menor.
TERCERA.- CONTRAPRESTACIÓN POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
El O.A.R.G.T., como contraprestación por la prestación de los servicios objeto de este
convenio, percibirá el importe que en cada momento esté fijado en la correspondiente
Ordenanza fiscal reguladora de la TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE GESTIÓN Y
RECAUDACIÓN DE INGRESOS LOCALES DE LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE
CÁCERES, la cual fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 192 de fecha 5 de
octubre de 2016. El importe de estos premios y participaciones de los recargos serán retenidos
por el Organismo de Recaudación en la liquidación definitiva que efectúe a fin de año.
CVE:
BOP-2024-6177
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 29 de noviembre de 2024
N.º 0232
Pág. 25865