Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Saucedilla. (BOP-2024-6157)
BOP-2024-6157 Bases estabilización empleo temporal 2 plazas de Auxiliar de ayuda a domicilio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Novena.- Relación de seleccionados y presentación de documentos.
9.ª.1.- Relación de seleccionados: Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal
publicará un anuncio que contendrá a los aspirantes seleccionados, por orden de puntuación, y
elevará dicha relación al Sr. Alcalde Presidente formulando las propuestas de nombramiento.
9.ª.2.- Presentación de documentos: Las personas propuestas para su nombramiento como
personal laboral fijo estarán obligadas a presentar, dentro del plazo de 20 días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de seleccionadas, todos los
documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta
convocatoria.
Quien dentro del plazo indicado no presentase la documentación, o no reunieran los requisitos
y condiciones exigidas en la convocatoria, salvo causas de fuerza mayor, no podrán ser
contratado y quedarán automáticamente decaídos en sus derechos, quedando sin efectos la
totalidad de las actuaciones relativas a las mismas. Todo ello, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar
parte en la convocatoria. En este caso el Sr. Alcalde efectuará el nombramiento a favor del
aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la oposición, tuviera cabida
en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida decaída de derechos.
Décima.- Nombramiento y contratación.
10.ª.1.- Nombramiento definitivo. Presentada la documentación por el interesado y siendo ésta
conforme, el Señor Alcalde Presidente dictará resolución nombrando personal laboral fijo a los
aspirantes propuestos, publicándose anuncio del referido nombramiento en el "Diario Oficial de
Extremadura".
10.ª-2.- Contratación. Quienes sean nombradas personal fijo deberán firmar los
correspondientes contratos en el plazo máximo de 30 días siguientes a la notificación del
nombramiento. Si no lo hiciera, sin causa justificada, quedarían anuladas todas las actuaciones
entendiéndose, así mismo, que renuncia a la plaza.
En el indicado plazo, si procede, el nombrado deberá ejercitar la opción prevista en el artículo
10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá
que opta por el nuevo puesto, pasando a la situación de servicios en otras Administraciones
Públicas, en el que viniera desempeñando.
CVE:
BOP-2024-6157
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 28 de noviembre de 2024
N.º 0231
Pág. 25791
9.ª.1.- Relación de seleccionados: Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal
publicará un anuncio que contendrá a los aspirantes seleccionados, por orden de puntuación, y
elevará dicha relación al Sr. Alcalde Presidente formulando las propuestas de nombramiento.
9.ª.2.- Presentación de documentos: Las personas propuestas para su nombramiento como
personal laboral fijo estarán obligadas a presentar, dentro del plazo de 20 días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de seleccionadas, todos los
documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta
convocatoria.
Quien dentro del plazo indicado no presentase la documentación, o no reunieran los requisitos
y condiciones exigidas en la convocatoria, salvo causas de fuerza mayor, no podrán ser
contratado y quedarán automáticamente decaídos en sus derechos, quedando sin efectos la
totalidad de las actuaciones relativas a las mismas. Todo ello, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar
parte en la convocatoria. En este caso el Sr. Alcalde efectuará el nombramiento a favor del
aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la oposición, tuviera cabida
en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida decaída de derechos.
Décima.- Nombramiento y contratación.
10.ª.1.- Nombramiento definitivo. Presentada la documentación por el interesado y siendo ésta
conforme, el Señor Alcalde Presidente dictará resolución nombrando personal laboral fijo a los
aspirantes propuestos, publicándose anuncio del referido nombramiento en el "Diario Oficial de
Extremadura".
10.ª-2.- Contratación. Quienes sean nombradas personal fijo deberán firmar los
correspondientes contratos en el plazo máximo de 30 días siguientes a la notificación del
nombramiento. Si no lo hiciera, sin causa justificada, quedarían anuladas todas las actuaciones
entendiéndose, así mismo, que renuncia a la plaza.
En el indicado plazo, si procede, el nombrado deberá ejercitar la opción prevista en el artículo
10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá
que opta por el nuevo puesto, pasando a la situación de servicios en otras Administraciones
Públicas, en el que viniera desempeñando.
CVE:
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N.º 0231
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