Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Saucedilla. (BOP-2024-6156)
BOP-2024-6156 Bases 2 plazas de Auxiliares de Turismo (estabilización empleo temporal).
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Quinta.- Tribunal Calificador.
5.ª.1.- Composición del Tribunal: Estará integrado por cinco miembros, constará de una
presidencia, una secretaría y tres vocalías, con sus respectivas suplencias, tendiéndose a la
paridad entre mujer y hombre observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de
representación de cada sexo. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la
mitad de sus miembros titulares o suplentes indistintamente, siendo siempre necesaria la
presencia de la Presidencia y la Secretaría.
Su composición será predominantemente técnica, sus componentes deberán poseer un nivel
de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en la categoría profesional de que se
trate y deberán pertenecer a un grupo de clasificación igual o superior al de las plazas
convocadas. Todos sus integrantes habrán de ser personal funcionario de carrera y, en todo
caso, al menos uno de sus miembros deberá pertenecer a una administración pública distinta.
Junto con la resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento, que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará la
composición del tribunal calificador.
5.ª.2.-Designación del Tribunal: Las personas designadas para formar parte del tribunal serán
nombradas por resolución de la Alcaldía Presidencia mediante designación nominal de cada
uno de cargos, titulares y suplentes.
La Presidencia, Secretaría y dos vocalías se realizarán libremente por la Alcaldía. La vocalía
proveniente de otra Administración será designada por la Junta de Extremadura. Dicha
resolución se publicará junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes.
5.ª.3.- Participación de las organizaciones sindicales: Las organizaciones sindicales
representativas en este Ayuntamiento recibirán información sobre el desarrollo de los procesos
selectivos. A iniciativa propia, podrán asistir, en calidad de observadores, un miembro de cada
una de las centrales u organizaciones sindicales con representatividad en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, a excepción de aquellas fases o actos en los que se
delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas, antes de su realización.
5.ª.4.- Asesores especialistas y personal colaborador: Cuando el procedimiento selectivo, por
dificultad técnica o de otra índole, así lo aconsejare, el Tribunal podrá disponer incorporar al
mismo personal asesor especialista para todas o algunas de las pruebas, que colaborarán con
el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas o en el
desarrollo de aquellas pruebas en las que, por el número de aspirantes convocados, se
requiera su concurrencia.
CVE:
BOP-2024-6156
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 28 de noviembre de 2024
N.º 0231
Pág. 25768
5.ª.1.- Composición del Tribunal: Estará integrado por cinco miembros, constará de una
presidencia, una secretaría y tres vocalías, con sus respectivas suplencias, tendiéndose a la
paridad entre mujer y hombre observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de
representación de cada sexo. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la
mitad de sus miembros titulares o suplentes indistintamente, siendo siempre necesaria la
presencia de la Presidencia y la Secretaría.
Su composición será predominantemente técnica, sus componentes deberán poseer un nivel
de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en la categoría profesional de que se
trate y deberán pertenecer a un grupo de clasificación igual o superior al de las plazas
convocadas. Todos sus integrantes habrán de ser personal funcionario de carrera y, en todo
caso, al menos uno de sus miembros deberá pertenecer a una administración pública distinta.
Junto con la resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento, que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará la
composición del tribunal calificador.
5.ª.2.-Designación del Tribunal: Las personas designadas para formar parte del tribunal serán
nombradas por resolución de la Alcaldía Presidencia mediante designación nominal de cada
uno de cargos, titulares y suplentes.
La Presidencia, Secretaría y dos vocalías se realizarán libremente por la Alcaldía. La vocalía
proveniente de otra Administración será designada por la Junta de Extremadura. Dicha
resolución se publicará junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes.
5.ª.3.- Participación de las organizaciones sindicales: Las organizaciones sindicales
representativas en este Ayuntamiento recibirán información sobre el desarrollo de los procesos
selectivos. A iniciativa propia, podrán asistir, en calidad de observadores, un miembro de cada
una de las centrales u organizaciones sindicales con representatividad en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, a excepción de aquellas fases o actos en los que se
delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas, antes de su realización.
5.ª.4.- Asesores especialistas y personal colaborador: Cuando el procedimiento selectivo, por
dificultad técnica o de otra índole, así lo aconsejare, el Tribunal podrá disponer incorporar al
mismo personal asesor especialista para todas o algunas de las pruebas, que colaborarán con
el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas o en el
desarrollo de aquellas pruebas en las que, por el número de aspirantes convocados, se
requiera su concurrencia.
CVE:
BOP-2024-6156
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 28 de noviembre de 2024
N.º 0231
Pág. 25768