Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Saucedilla. (BOP-2024-6156)
BOP-2024-6156 Bases 2 plazas de Auxiliares de Turismo (estabilización empleo temporal).
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes,
pudiendo demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de
solicitudes, mediante escrito motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición
de esta naturaleza.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
4.ª.1.- Lista provisional de personas admitidas: Expirado el plazo de presentación de instancias,
la Alcaldía- Presidencia dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos.
La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento y en https://saucedilla.sedelectronica.es/, contendrá la relación alfabética de
personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión de éstos.
Si no existiesen reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada definitivamente sin
necesidad de nueva publicación.
4.ª.2.- Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciese de algún
defecto se requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de diez días hábiles,
contados a partir de la publicación de la resolución en el BOP, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, se archivará su
instancia sin más trámite y será excluida de la lista de aspirantes admitidas. Se concederá
idéntico plazo al anterior a efectos de reclamaciones, que, de haberlas, serán aceptadas o
rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública y
expuesta, asimismo, en la forma indicada anteriormente.
4.ª.3.- Lista definitiva de personas admitidas: Finalizado este plazo, se publicará en el Boletín
Oficial de la Provincia resolución elevando a definitiva la lista provisional de personas
aspirantes admitidos y excluidos, a través de la que se entenderán contestadas las
subsanaciones o reclamaciones de haberlas. El hecho de figurar en la lista de admitidos, no
prejuzga que se les reconozca a las personas interesadas la posesión de los requisitos
exigidos en el procedimiento. Cuando de la documentación que debe presentarse, tras la
superación del proceso selectivo, se desprenda que no posee alguno de los requisitos, las
personas interesadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su
participación en este procedimiento.
Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que
resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo conforme a la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
CVE:
BOP-2024-6156
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 28 de noviembre de 2024
N.º 0231
Pág. 25767
pudiendo demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de
solicitudes, mediante escrito motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición
de esta naturaleza.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
4.ª.1.- Lista provisional de personas admitidas: Expirado el plazo de presentación de instancias,
la Alcaldía- Presidencia dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos.
La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento y en https://saucedilla.sedelectronica.es/, contendrá la relación alfabética de
personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión de éstos.
Si no existiesen reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada definitivamente sin
necesidad de nueva publicación.
4.ª.2.- Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciese de algún
defecto se requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de diez días hábiles,
contados a partir de la publicación de la resolución en el BOP, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, se archivará su
instancia sin más trámite y será excluida de la lista de aspirantes admitidas. Se concederá
idéntico plazo al anterior a efectos de reclamaciones, que, de haberlas, serán aceptadas o
rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública y
expuesta, asimismo, en la forma indicada anteriormente.
4.ª.3.- Lista definitiva de personas admitidas: Finalizado este plazo, se publicará en el Boletín
Oficial de la Provincia resolución elevando a definitiva la lista provisional de personas
aspirantes admitidos y excluidos, a través de la que se entenderán contestadas las
subsanaciones o reclamaciones de haberlas. El hecho de figurar en la lista de admitidos, no
prejuzga que se les reconozca a las personas interesadas la posesión de los requisitos
exigidos en el procedimiento. Cuando de la documentación que debe presentarse, tras la
superación del proceso selectivo, se desprenda que no posee alguno de los requisitos, las
personas interesadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su
participación en este procedimiento.
Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que
resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo conforme a la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
CVE:
BOP-2024-6156
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 28 de noviembre de 2024
N.º 0231
Pág. 25767