Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mirabel. (BOP-2024-6152)
BOP-2024-6152 Bases contratación personal Limpieza de edificios, locales e instalaciones municipales.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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MATERIAS ESPECÍFICAS:
1.Trabajos generales de limpieza, técnicas y periodicidad. Herramientas de trabajo.
2.Limpieza de los servicios higiénicos.
3.Limpieza de paredes. Limpieza de suelos.
4.Limpieza de equipos de oficina. Limpieza de cristales y espejos. Muebles de madera, de
cuero y tapizados.
5.Tipos de residuos. Identificación. Recogida y evacuación.
6.Prevención de riesgos laborales en los trabajos de limpieza.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases,
se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede
electrónica de este Ayuntamiento [http://mirabel.sedelectronica.es] [y, en su caso, en el Tablón
de Anuncios, para mayor difusión].
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante Alcaldede este Ayuntamiento, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Extremadura en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si
se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso
que estime pertinente.
Todos los preceptos de estas bases que utilizan la forma del masculino genérico se entenderán
aplicables a personas de ambos sexos.
Mirabel, 19 de noviembre de 2024
Fernando Javier Grande Cano
ALCALDE
CVE:
BOP-2024-6152
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 28 de noviembre de 2024
N.º 0231
Pág. 25757
1.Trabajos generales de limpieza, técnicas y periodicidad. Herramientas de trabajo.
2.Limpieza de los servicios higiénicos.
3.Limpieza de paredes. Limpieza de suelos.
4.Limpieza de equipos de oficina. Limpieza de cristales y espejos. Muebles de madera, de
cuero y tapizados.
5.Tipos de residuos. Identificación. Recogida y evacuación.
6.Prevención de riesgos laborales en los trabajos de limpieza.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases,
se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede
electrónica de este Ayuntamiento [http://mirabel.sedelectronica.es] [y, en su caso, en el Tablón
de Anuncios, para mayor difusión].
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante Alcaldede este Ayuntamiento, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Extremadura en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si
se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso
que estime pertinente.
Todos los preceptos de estas bases que utilizan la forma del masculino genérico se entenderán
aplicables a personas de ambos sexos.
Mirabel, 19 de noviembre de 2024
Fernando Javier Grande Cano
ALCALDE
CVE:
BOP-2024-6152
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 28 de noviembre de 2024
N.º 0231
Pág. 25757