Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-6138)
BOP-2024-6138 Convenio de colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y la Asociación de Jugadores/as en Rehabilitación "Nuestra Señora del Puerto" (AJER).
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SEGUNDA.- El presente Convenio tiene por finalidad colaborar en los gastos de
mantenimiento de la sede de la asociación anteriormente citada de acuerdo al
Proyecto adjunto a este Convenio, financiándose únicamente los gastos
corrientes del proyecto adjunto.
TERCERA.-El Ayuntamiento financiará con la cantidad de 1.660,00 euros el
Proyecto a desarrollar por la Asociación Jugadores en Rehabilitación Virgen del
Puerto (AJER) con cargo a la partida presupuestaria 0105 23111 48215 del
presupuesto municipal del 2024 denominada A. asoc jugadores en rehabilitación
virgen del puerto ( AJER), lo cual supone el 100 % de la financiación para llevar a
cabo el citado proyecto.
CUARTA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de
acuerdo con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, que señala que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán
entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria
para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha
posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la
normativa reguladora de la subvención.
El pago de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará en la forma
descrita en el párrafo anterior, sin que deban aportarse garantías por parte de la
entidad beneficiaria, dado el carácter no lucrativo de la asociación y el carácter social
del programa de la entidad beneficiaria.
Deberá acreditarse la justificación de los gastos de la actividad subvencionada
(el importe total de la misma, no únicamente la parte subvencionada) y el fin
para el que se concedió, con los documentos y justificantes requeridos por la
normativa vigente.
La no justificación del gasto dará lugar a la devolución de las cantidades
satisfechas y no justificadas.
CVE:
BOP-2024-6138
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 27 de noviembre de 2024
N.º 0230
Pág. 25686
SEGUNDA.- El presente Convenio tiene por finalidad colaborar en los gastos de
mantenimiento de la sede de la asociación anteriormente citada de acuerdo al
Proyecto adjunto a este Convenio, financiándose únicamente los gastos
corrientes del proyecto adjunto.
TERCERA.-El Ayuntamiento financiará con la cantidad de 1.660,00 euros el
Proyecto a desarrollar por la Asociación Jugadores en Rehabilitación Virgen del
Puerto (AJER) con cargo a la partida presupuestaria 0105 23111 48215 del
presupuesto municipal del 2024 denominada A. asoc jugadores en rehabilitación
virgen del puerto ( AJER), lo cual supone el 100 % de la financiación para llevar a
cabo el citado proyecto.
CUARTA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de
acuerdo con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, que señala que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán
entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria
para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha
posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la
normativa reguladora de la subvención.
El pago de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará en la forma
descrita en el párrafo anterior, sin que deban aportarse garantías por parte de la
entidad beneficiaria, dado el carácter no lucrativo de la asociación y el carácter social
del programa de la entidad beneficiaria.
Deberá acreditarse la justificación de los gastos de la actividad subvencionada
(el importe total de la misma, no únicamente la parte subvencionada) y el fin
para el que se concedió, con los documentos y justificantes requeridos por la
normativa vigente.
La no justificación del gasto dará lugar a la devolución de las cantidades
satisfechas y no justificadas.
CVE:
BOP-2024-6138
Verificable
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Miércoles, 27 de noviembre de 2024
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