Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2024-6036)
BOP-2024-6036 Aprobación definitiva Ordenanza Colonias Felinas.
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Artículo 7. Proceso de concesión de autorizaciones.
El proceso de concesión de las autorizaciones constará de los siguientes pasos:
Solicitud de autorizaciones a través de registro de entrada en el Ayuntamiento,
presentando el modelo especificado en el Anexo I del presente Reglamento Municipal y
la documentación requerida en este anexo, en el que se indicará la función a
desarrollar, la ubicación de la colonias felina y los datos de contacto de la persona
voluntaria.
Se elevarán las propuestas a la Alcaldía para la concesión de las autorizaciones.
Artículo 8. Revocación de autorizaciones para la gestión de colonias felinas.
Las autorizaciones para la gestión de colonias felinas podrán ser revocadas en caso de
producirse incumplimientos en las funciones asignadas a las personas voluntarias,
especificadas en el Título IV del presente Reglamento Municipal.
Previa resolución del expediente de revocación de la autorización, se concederá audiencia a la
persona interesada en plazo de veinte días para que alegue cuanto interese a su derecho.
La Alcaldía acordará, en su caso, motivadamente, la revocación definitiva de la autorización o
la estimación de alegaciones presentadas por la persona voluntaria.
Se entenderá por inactividad a la completa ausencia del cumplimiento de funciones de la
persona voluntaria por periodo de un año.
Transcurrido un año desde la revocación de la autorización, la persona voluntaria podrá
solicitar de nuevo la autorización para la gestión de colonias felinas.
En ningún caso se concederá autorización tras una segunda revocación.
Artículo 9. Identificación y formación de personas voluntarias. Carnets.
Tras la concesión de autorizaciones se dotará a la persona voluntaria de un documento
acreditativo de tal condición.
Este documento servirá de identificación ante la Policía Local y otros Cuerpos y Fuerzas de
Seguridad del Estado que así lo requieran. En el documento identificativo figurarán, al menos,
los siguientes datos: Nombre completo de la persona voluntaria, NIF/NIE, fecha de concesión
de la autorización, relación de colonias autorizadas asignadas y figura en cada una de ellas.
CVE:
BOP-2024-6036
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 22 de noviembre de 2024
N.º 0227
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