Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-6012)
BOP-2024-6012 Convenio de colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y la Funcación ECCA SOCIAL 2024.
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Convenio Fundación ECCA Social y Ayuntamiento de Plasencia
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PRIMERA.- La FUNDACIÓN ECCA SOCIAL pretende llevar a cabo el Proyecto
MUJER AVAZA PLASENCIA en colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de
Plasencia. El proyecto está dirigido a formar a Mujeres cuidadoras que realizan
actividades de apoyo con familiares u otras familias en situación de dependencia o
mujeres que necesitan adquirir esos conocimientos para trabajar en el sector de
trabajos a la comunidad en atención socio-sanitaria.
SEGUNDA.- La contratación de personal necesario para el correcto desarrollo y
ejecución del programa, será de cargo exclusivo de la FUNDACIÓN ECCA
SOCIAL sin que en ningún caso suponga para el Ayuntamiento de Plasencia
obligación y/o vinculación laboral alguna.
TERCERA.- El Ayuntamiento financiará con la cantidad de 5.500, 00 euros el
Programa a desarrollar por la FUNDACIÓN ECCA SOCIAL, con cargo a la partida
presupuestaria 0107334148924 del presupuesto municipal del 2024, denominada
Convenio “Asociación Radio Ecca”, siendo el proyecto económico presentado por
un importe de 11.000 €, la colaboración por tanto del Ayuntamiento supone un
porcentaje del 50 % del presupuesto que permitirá llevar a cabo el citado proyecto.
CUARTA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de
acuerdo con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, que señala que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán
entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria
para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha
posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la
normativa reguladora de la subvención.
El pago de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará en la forma
descrita en el párrafo anterior, sin que deban aportarse garantías por parte de la
entidad beneficiaria, dado el carácter no lucrativo de la asociación y el carácter social
del programa de la entidad beneficiaria.
CVE:
BOP-2024-6012
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de noviembre de 2024
N.º 0226
Pág. 25222
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PRIMERA.- La FUNDACIÓN ECCA SOCIAL pretende llevar a cabo el Proyecto
MUJER AVAZA PLASENCIA en colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de
Plasencia. El proyecto está dirigido a formar a Mujeres cuidadoras que realizan
actividades de apoyo con familiares u otras familias en situación de dependencia o
mujeres que necesitan adquirir esos conocimientos para trabajar en el sector de
trabajos a la comunidad en atención socio-sanitaria.
SEGUNDA.- La contratación de personal necesario para el correcto desarrollo y
ejecución del programa, será de cargo exclusivo de la FUNDACIÓN ECCA
SOCIAL sin que en ningún caso suponga para el Ayuntamiento de Plasencia
obligación y/o vinculación laboral alguna.
TERCERA.- El Ayuntamiento financiará con la cantidad de 5.500, 00 euros el
Programa a desarrollar por la FUNDACIÓN ECCA SOCIAL, con cargo a la partida
presupuestaria 0107334148924 del presupuesto municipal del 2024, denominada
Convenio “Asociación Radio Ecca”, siendo el proyecto económico presentado por
un importe de 11.000 €, la colaboración por tanto del Ayuntamiento supone un
porcentaje del 50 % del presupuesto que permitirá llevar a cabo el citado proyecto.
CUARTA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de
acuerdo con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, que señala que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán
entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria
para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha
posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la
normativa reguladora de la subvención.
El pago de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará en la forma
descrita en el párrafo anterior, sin que deban aportarse garantías por parte de la
entidad beneficiaria, dado el carácter no lucrativo de la asociación y el carácter social
del programa de la entidad beneficiaria.
CVE:
BOP-2024-6012
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de noviembre de 2024
N.º 0226
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