Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Cumbre. (BOP-2024-6000)
BOP-2024-6000 Anuncio de aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal de la Residencia de Mayores.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de La Cumbre
ANUNCIO. Anuncio de aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza
Fiscal de la Residencia de Mayores.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de
la Ordenanza Fiscal de la Estancia, Asistencia y Utilización de los servicios de la Residencia de
Mayores/Centro de DÍA “N.ª S.ª de la Asunción” de La Cumbre, cuyo texto íntegro se hace
público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA FISCAL DE LA ESTANCIA, ASISTENCIA Y UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS
DE LA RESIDENCIA DE MAYORES/CENTRO DE DÍA “N.ª S.ª DE LA ASUNCIÓN” DE LA
CUMBRE.
Artículo 5. Base imponible, apartado “Tarifas”, con la siguiente redacción:
A) Residencia:
Se añade un apartado al artículo 5. A). Base imponible, apartado “Tarifas” con la siguiente
redacción:
A.1) Residencia: Plazas públicas de residentes con grado II o III, subvencionadas por la Junta
de Extremadura (conforme a la Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Consejera de
Administración pública y Hacienda por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y
Personas dependientes sin valoración del SEPAD o con valoración de Grado I. 900 €/mes
Personas dependientes con valoración de grado II. 1.100 €/mes
Personas dependientes con valoración de grado III 1.200 €/mes.
Personas válidas. 510 €/mes
CVE:
BOP-2024-6000
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de noviembre de 2024
N.º 0226
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Ayuntamientos
Ayuntamiento de La Cumbre
ANUNCIO. Anuncio de aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza
Fiscal de la Residencia de Mayores.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de
la Ordenanza Fiscal de la Estancia, Asistencia y Utilización de los servicios de la Residencia de
Mayores/Centro de DÍA “N.ª S.ª de la Asunción” de La Cumbre, cuyo texto íntegro se hace
público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA FISCAL DE LA ESTANCIA, ASISTENCIA Y UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS
DE LA RESIDENCIA DE MAYORES/CENTRO DE DÍA “N.ª S.ª DE LA ASUNCIÓN” DE LA
CUMBRE.
Artículo 5. Base imponible, apartado “Tarifas”, con la siguiente redacción:
A) Residencia:
Se añade un apartado al artículo 5. A). Base imponible, apartado “Tarifas” con la siguiente
redacción:
A.1) Residencia: Plazas públicas de residentes con grado II o III, subvencionadas por la Junta
de Extremadura (conforme a la Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Consejera de
Administración pública y Hacienda por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y
Personas dependientes sin valoración del SEPAD o con valoración de Grado I. 900 €/mes
Personas dependientes con valoración de grado II. 1.100 €/mes
Personas dependientes con valoración de grado III 1.200 €/mes.
Personas válidas. 510 €/mes
CVE:
BOP-2024-6000
Verificable
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