Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-5967)
BOP-2024-5967 Convenio de colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y la Asociación de Familias numerosas del Norte de Extremadura (AFANORTEX).
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entidad beneficiaria, dado el carácter no lucrativo de la asociación y el carácter social
del programa de la entidad beneficiaria.
Deberá acreditarse la justificación de los gastos de la actividad subvencionada
(el importe total de la misma, no únicamente la parte subvencionada) y el fin
para el que se concedió, con los documentos y justificantes requeridos por la
normativa vigente.
La no justificación del gasto dará lugar a la devolución de las cantidades
satisfechas y no justificadas.
QUINTA.- Se considerarán gastos subvencionables los destinados a la ejecución del
Programa realizados entre el 1 y el 31 de diciembre de 2023, y en concreto los
siguientes:
a) Gastos de material fungible necesario para la realización de la actividad, tales
como material de oficina, gastos de correo, teléfono, suministro de energía y
otros similares que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la
actividad subvencionada.
b) Otros gastos fungibles necesarios para la ejecución del programa.
c ) G a s t o s d e p e r s o n a l .
En ningún caso serán gastos subvencionables:
a) Los gastos inventariables (compra o adquisición de material informático mobiliario
de oficina o similar).
b) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
c) Los gastos de procedimientos judiciales.
d) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o
compensación.
e) Los impuestos personales sobre la renta
f) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales
CVE:
BOP-2024-5967
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de noviembre de 2024
N.º 0225
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