Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-5967)
BOP-2024-5967 Convenio de colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y la Asociación de Familias numerosas del Norte de Extremadura (AFANORTEX).
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
1
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE
PLASENCIA Y LA ASOCIACIÓN DE FAMILIAS NUMEROSAS DEL NORTE
DE EXTREMADURA” (AFANORTEX)
En Plasencia, a de de 2024
REUNIDOS
DE UNA PARTE: Ilmo. Sr. D. FERNANDO PIZARRO GARCÍA, en calidad de
Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia
DE OTRA PARTE: Dña. María Teresa Galán López, en representación de la
Asociación de Familias Numerosas del Norte de Extremadura” (AFANORTEX),
con n. º de CIF G10321487
Las partes se reconocen con capacidad legal suficiente para otorgar el presente
convenio a cuyos efectos:
MANIFIESTAN
PRIMERO.-Que dicho Convenio tiene como referencia las actuaciones del municipio
en material de apoyo al movimiento asociativo y a las acciones sociales dirigidas a
colectivos diversos, para lo cual viene desarrollando una línea de cooperación a fin
de aunar esfuerzos y colaborar con otros organismos en la consecución de una mejor
calidad de vida de las personas.
SEGUNDO.-Que en base a este Convenio y teniendo en cuenta lo establecido en los
art. 2º y 4º de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local, y el art. 35º de la Ley 14/2015, de 9 de abril, ley de Servicios Sociales de
Extremadura, el Ayuntamiento de Plasencia manifiesta su deseo de suscribir un
Convenio con la Asociación de Familias Numerosas del Norte de Extremadura
“AFANORTEX”.
Por todo lo expuesto, las Partes formalizan el presente Convenio de acuerdo con las
siguientes:
CVE:
BOP-2024-5967
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de noviembre de 2024
N.º 0225
Pág. 25062
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE
PLASENCIA Y LA ASOCIACIÓN DE FAMILIAS NUMEROSAS DEL NORTE
DE EXTREMADURA” (AFANORTEX)
En Plasencia, a de de 2024
REUNIDOS
DE UNA PARTE: Ilmo. Sr. D. FERNANDO PIZARRO GARCÍA, en calidad de
Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia
DE OTRA PARTE: Dña. María Teresa Galán López, en representación de la
Asociación de Familias Numerosas del Norte de Extremadura” (AFANORTEX),
con n. º de CIF G10321487
Las partes se reconocen con capacidad legal suficiente para otorgar el presente
convenio a cuyos efectos:
MANIFIESTAN
PRIMERO.-Que dicho Convenio tiene como referencia las actuaciones del municipio
en material de apoyo al movimiento asociativo y a las acciones sociales dirigidas a
colectivos diversos, para lo cual viene desarrollando una línea de cooperación a fin
de aunar esfuerzos y colaborar con otros organismos en la consecución de una mejor
calidad de vida de las personas.
SEGUNDO.-Que en base a este Convenio y teniendo en cuenta lo establecido en los
art. 2º y 4º de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local, y el art. 35º de la Ley 14/2015, de 9 de abril, ley de Servicios Sociales de
Extremadura, el Ayuntamiento de Plasencia manifiesta su deseo de suscribir un
Convenio con la Asociación de Familias Numerosas del Norte de Extremadura
“AFANORTEX”.
Por todo lo expuesto, las Partes formalizan el presente Convenio de acuerdo con las
siguientes:
CVE:
BOP-2024-5967
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de noviembre de 2024
N.º 0225
Pág. 25062