Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata. (BOP-2024-5965)
BOP-2024-5965 Aprobación del Plan de Medidas Antifraude.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE
[SISTEMA DE GESTIÓN DEL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA]
Ayuntamiento de Peraleda de la Mata
Plaza de España, 1, Peraleda de la Mata. 10335. Cáceres. Tfno. 927559005. Fax. 927559227
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deber de velar por su conservación.
6. Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas
que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo
establecido en el Código Penal.
7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su
transmisión y entrega a sus posteriores responsables.
8. Mantendrán actualizada su formación y cualificación.
9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral.
10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes
las propuestas que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones
de la unidad en la que estén destinados. A estos efectos se podrá prever la creación
de la instancia adecuada competente para centralizar la recepción de las propuestas
de los empleados públicos o administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el
servicio.
11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre
que sea oficial en el territorio.
Con independencia de lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado
Público, las personas que ejerzan tareas de gestión, seguimiento y/o control que
participen en la ejecución de las medidas del PRTR, prestarán especial atención en
el cumplimiento del presente Código Ético y de Conducta en los siguientes aspectos
y fases del procedimiento de gestión de proyectos financiados con fondos del MRR:
1. Se llevará a cabo el cumplimiento riguroso de la legislación de la Unión,
nacional y/o regional aplicable en la materia de que se trate, especialmente en las
materias siguientes:
• Elegibilidad de los gastos.
• Contratación pública.
• Regímenes de ayuda.
• Información y publicidad.
• Medio Ambiente.
• Igualdad de oportunidades y no discriminación.
2. Las personas empleadas públicas relacionadas con la gestión, seguimiento
y control de los fondos del MRR ejercerán sus funciones basándose en la
transparencia, un principio que implica claridad y veracidad en el tratamiento y
difusión de cualquier información o datos que se den a conocer, tanto interna como
externamente.
Este principio obliga a responder con diligencia a las demandas de
información, todo ello sin comprometer, de ningún modo, la integridad de aquella
información que pudiera ser considerada sensible por razones de interés público.
3. Se tendrá especial cuidado en cumplir el principio de transparencia:
• Cuando se den a conocer y comuniquen los resultados de procesos de
concesión de ayudas financiadas por los fondos del MRR.
• Durante el desarrollo de los procedimientos de contratación.
CVE:
BOP-2024-5965
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de noviembre de 2024
N.º 0225
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[SISTEMA DE GESTIÓN DEL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA]
Ayuntamiento de Peraleda de la Mata
Plaza de España, 1, Peraleda de la Mata. 10335. Cáceres. Tfno. 927559005. Fax. 927559227
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deber de velar por su conservación.
6. Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas
que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo
establecido en el Código Penal.
7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su
transmisión y entrega a sus posteriores responsables.
8. Mantendrán actualizada su formación y cualificación.
9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral.
10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes
las propuestas que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones
de la unidad en la que estén destinados. A estos efectos se podrá prever la creación
de la instancia adecuada competente para centralizar la recepción de las propuestas
de los empleados públicos o administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el
servicio.
11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre
que sea oficial en el territorio.
Con independencia de lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado
Público, las personas que ejerzan tareas de gestión, seguimiento y/o control que
participen en la ejecución de las medidas del PRTR, prestarán especial atención en
el cumplimiento del presente Código Ético y de Conducta en los siguientes aspectos
y fases del procedimiento de gestión de proyectos financiados con fondos del MRR:
1. Se llevará a cabo el cumplimiento riguroso de la legislación de la Unión,
nacional y/o regional aplicable en la materia de que se trate, especialmente en las
materias siguientes:
• Elegibilidad de los gastos.
• Contratación pública.
• Regímenes de ayuda.
• Información y publicidad.
• Medio Ambiente.
• Igualdad de oportunidades y no discriminación.
2. Las personas empleadas públicas relacionadas con la gestión, seguimiento
y control de los fondos del MRR ejercerán sus funciones basándose en la
transparencia, un principio que implica claridad y veracidad en el tratamiento y
difusión de cualquier información o datos que se den a conocer, tanto interna como
externamente.
Este principio obliga a responder con diligencia a las demandas de
información, todo ello sin comprometer, de ningún modo, la integridad de aquella
información que pudiera ser considerada sensible por razones de interés público.
3. Se tendrá especial cuidado en cumplir el principio de transparencia:
• Cuando se den a conocer y comuniquen los resultados de procesos de
concesión de ayudas financiadas por los fondos del MRR.
• Durante el desarrollo de los procedimientos de contratación.
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Verificable
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Miércoles, 20 de noviembre de 2024
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