Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Saucedilla. (BOP-2024-5941)
BOP-2024-5941 Aprobación definitiva Subvención de Fomento del Autoempleo 2024.
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14. PROTECCIÓN Y CESIÓN DE DATOS.
En cumplimiento con lo dispuesto con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos personales facilitados, así
como los que sean requeridos posteriormente para completar el expediente, serán
incorporados a un fichero, cuya titularidad corresponderá a la Administración concedente.
Con la remisión de los datos, se presta consentimiento expreso para que se pueda llevar a
cabo el tratamiento de los mismos, siempre para el cumplimiento de las finalidades
anteriormente indicadas. Asimismo, queda informado de que podrá ejercitar su derecho de
acceso, rectificación, oposición y cancelación de sus datos mediante comunicación escrita al
Ayuntamiento de Saucedilla.
La presentación de solicitud de ayuda implicará la aceptación de la cesión de los datos
contenidos en la misma, así como la de los relativos a la ayuda en su caso concedida, al
Ayuntamiento de Saucedilla y organismos dependientes y demás organismos públicos, con
fines de estadística, evaluación y seguimiento y para la comunicación de los diferentes
programas y actuaciones para la promoción empresarial.
Asimismo, y a los efectos de dar cumplimiento al artículo 18 de la LGS, la concesión de la
subvención implica la aceptación de ser incluido en una lista que se publicará de forma
electrónica o por cualquier otro medio, en la que figurarán las personas y empresas
beneficiarias y el importe de la ayuda.
15. RESPONSABILIDAD Y RÉGIMEN SANCIONADOR.
Las personas que resulten beneficiarias de estas ayudas quedarán sometidas al régimen
sancionador en materia de subvenciones que establece el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y el Título IV del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
16. NORMATIVA APLICABLE Y POSIBILIDAD DE RECURSOS.
La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en la LGS, en el
RLGS, en la ordenanza municipal de subvenciones de este ayuntamiento y en las bases
reguladoras de esta subvención y, suplementariamente, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y cualquier otra
disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación. Contra las
presentes normas podrá interponerse:
CVE:
BOP-2024-5941
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 19 de noviembre de 2024
N.º 0224
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