Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Ibor. (BOP-2024-5874)
BOP-2024-5874 Aprobación definitiva del Programa de Gestión de Colonias Felinas.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Navalvillar de Ibor
P á g i n a 3 | 10
2.º Programas de esterilización de los gatos mediante la intervención de veterinario habilitado
para esta práctica, incluido el marcaje auricular.
3.º Programa sanitario de la colonia, suscrito y supervisado por un profesional veterinario
colegiado, incluyendo al menos la desparasitación, vacunación e identificación obligatoria
mediante microchip con responsabilidad municipal.
4.º Protocolos de gestión de conflictos vecinales.
g) Cualesquiera otros previstos en los protocolos marco de las comunidades autónomas y
ciudades de Ceuta y Melilla a las que pertenezcan, debiendo en todo caso, elevar anualmente a
las mismas un informe estadístico respecto de la implantación y evolución de los protocolos en
su municipio.
h) El municipio deberá contar con un lugar adecuado con espacio suficiente y acondicionado
para la retirada temporal de su colonia de los gatos comunitarios en caso de necesidad.
i) Las entidades locales deberán establecer mecanismos normativos y de vigilancia para llevar a
cabo el control y la sanción a los responsables de gatos que no los tengan debidamente
identificados y esterilizados y, por tanto, que no pongan las medidas necesarias para evitar la
reproducción de sus animales con los gatos comunitarios.
Se considera colonia felina, en virtud del artículo 3.ñ) de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de
protección de los derechos y el bienestar de los animales, a un grupo de gatos de la especie Felis
catus, que viven en estado de libertad o semilibertad, que no pueden ser abordados o
mantenidos con facilidad por los seres humanos debido a su bajo o nulo grado de socialización,
pero que desarrollan su vida en torno a estos para su subsistencia.
Las colonias felinas están formadas por grupos de gatos asociados a un territorio con diferentes
grados de socialización, que viven en libertad y que dependen principalmente de los recursos
que, voluntaria o involuntariamente, les ofrecen los seres humanos para su supervivencia. La
existencia de estas colonias felinas en nuestro territorio municipal, y su necesaria gestión y
control, justifican la redacción del presente Programa.
ARTÍCULO 1. Objeto
El objeto del presente Programa es regular las condiciones y normas de desarrollo de la gestión
de colonias felinas, así como fomentar la participación voluntaria de los ciudadanos implicados
en el cuidado y alimentación de los gatos, con el fin de garantizar la protección y bienestar de
los animales.
Para ello, se adoptarán las medidas necesarias, en función de los recursos disponibles del
Ayuntamiento, pudiéndose establecer convenios de colaboración con cualquier entidad que
pudiera participar en las cuestiones previstas en el presente Programa.
Objetivos del Programa:
CVE:
BOP-2024-5874
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 15 de noviembre de 2024
N.º 0222
Pág. 24646