Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2024-5864)
BOP-2024-5864 Aprobación definitiva del Reglamento N.º 9 de Instalaciones Deportivas.
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Las entidades, asociaciones o clubes deportivos que organicen eventos deportivos de interés
social y de forma puntual en instalaciones municipales, deberán acogerse a las siguientes
normativas y trámites:
a) Plazo: La presentación de instancias deberá realizarse como mínimo treinta días
hábiles a la fecha de celebración de la actividad.
b) Instancia: La instancia irá dirigida a la Alcaldía, con sujeción al modelo oficial, y será
presentada en la sede electrónica del Ayuntamiento de Coria, cumplimentada en todos
sus apartados, y acompañada de la documentación complementaria siguiente:
1. Fotocopia de los Estatutos fundacionales como entidad y con Acta Fundacional
actualizada.
2. Fotocopia del número del Registro de Asociaciones otorgado por el órgano
competente de la Junta de Extremadura, y del Registro del Ayuntamiento de
Coria.
3. Fotocopia del C.I.F. de la entidad y del DNI de la persona que ostente la
Presidencia.
En relación con los documentos detallados anteriormente, la entidad solicitante no estará
obligada a presentar aquéllos que ya estén a disposición del Ayuntamiento de Coria,
indicándolo en la instancia de presentación de la documentación, con la excepción de aquéllos
en los que se hayan producido cambios.
Documentación exigida por el Decreto 174/2019, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de desarrollo de la Ley 15/2015, de 16 de abril, por la que se ordena el ejercicio de
las profesiones del deporte en Extremadura, que exige que se acompañe la siguiente
documentación:
Declaración responsable del organizador, (artículo 32.2 de la Ley 7/2019, de 5 de abril,
de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad Autónoma de
Extremadura), en la que se haga constar que los/as profesionales del deporte que
participen en el evento están en posesión de la cualificación profesional necesaria y que
cumplen con el resto de obligaciones establecidas en la referida Ley 15/2015, de 16 de
abril, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en Extremadura.
Fotocopia de las titulaciones oficiales o diplomas requeridos de todas las personas
organizadoras que intervienen en la citada actividad, ejerciendo las funciones propias de
las profesiones del deporte que se especifican en el Título II de la mencionada Ley
CVE:
BOP-2024-5864
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 15 de noviembre de 2024
N.º 0222
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