Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2024-5864)
BOP-2024-5864 Aprobación definitiva del Reglamento N.º 9 de Instalaciones Deportivas.
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a) Firmar el convenio de colaboración con el Ayuntamiento donde se estipulen las
responsabilidades y condiciones a tener en cuenta por parte de ambas entidades
firmantes.
b) Mantener una reunión técnica con el/a responsable de la instalación solicitada,
rellenando el impreso de necesidades.
c) Realizar el ingreso bancario de la fianza impuesta y de la tasa por el uso de la
instalación si la hubiere.
d) Presentar una póliza de responsabilidad civil según se establece en el artículo 33 de
la Ley 7/2019, de 5 de abril de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, así como recibo justificante si lo hubiere
5. La persona solicitante deberá dejar la instalación en perfectas condiciones en cuanto a
limpieza y conservación, respetando al máximo el horario marcado para dejar libre la misma.
6. El Ayuntamiento determinará la necesidad del personal de seguridad, puertas y taquillas y su
ubicación para atención de los servicios de acceso y acomodación de espectadores, que será
contratado al igual que el resto del personal que intervenga directa o indirectamente en el
montaje del acto por cuenta de la persona o entidad organizadora.
7. Será asimismo de su responsabilidad y por su cuenta la obtención de cuantas licencias y
permisos se precisen para la realización del acto, así como la realización de todas las tareas de
montaje y desmontaje que requiera la actividad.”
En el art. 52, Procedimiento, se modifica el art. mencionado en el último párrafo, pasando a ser
el art. 49.
Coria, 11 de noviembre de 2024
Alicia Vázquez Martín
SECRETARIA GENERAL
CVE:
BOP-2024-5864
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 15 de noviembre de 2024
N.º 0222
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