Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2024-5864)
BOP-2024-5864 Aprobación definitiva del Reglamento N.º 9 de Instalaciones Deportivas.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Coria
ANUNCIO. Aprobación definitiva del Reglamento N.º 9 de Instalaciones
Deportivas.
El Pleno del Ayuntamiento de Coria, en sesión de 18 de septiembre de 2024, acordó la
aprobación inicial del Reglamento n.º 9. de instalaciones deportivas municipales, y en
cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, se sometió el expediente a información pública
por plazo de treinta días, a través de los correspondientes anuncios en el BOP y en el Tablón
de Anuncios del Ayuntamiento de Coria sin que se hayan presentado alegaciones, por lo que
dicho acuerdo se considera definitivo, y a tal efecto se hace público el texto modificado del
Reglamento, que se inserta a continuación:
ANEXO
En el índice, se modifica el art. 22, quedando con la redacción que sigue:
“Artículo 22. Normas Generales de reserva y uso de las instalaciones para la organización de
eventos deportivos.”
Los art. 9 y 10 quedan redactados con el texto que sigue:
“Artículo 9. Formas de acceso.
Solo las personas usuarias podrán hacer uso de las instalaciones deportivas municipales y de
los servicios adscritos a las mismas.
A los/as acompañantes de las personas usuarias, así como a los/as espectadores/as, cuando
esté permitido su acceso a la instalación y mientras permanezcan en la misma, se les aplicará
las normas del presente Reglamento, y, en su caso, las normas de régimen interior aplicables a
cada instalación.
Las formas de acceso a las instalaciones deportivas municipales, se llevarán a cabo en función
de la actividad y las particularidades de cada instalación.
CVE:
BOP-2024-5864
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 15 de noviembre de 2024
N.º 0222
Pág. 24589
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Coria
ANUNCIO. Aprobación definitiva del Reglamento N.º 9 de Instalaciones
Deportivas.
El Pleno del Ayuntamiento de Coria, en sesión de 18 de septiembre de 2024, acordó la
aprobación inicial del Reglamento n.º 9. de instalaciones deportivas municipales, y en
cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, se sometió el expediente a información pública
por plazo de treinta días, a través de los correspondientes anuncios en el BOP y en el Tablón
de Anuncios del Ayuntamiento de Coria sin que se hayan presentado alegaciones, por lo que
dicho acuerdo se considera definitivo, y a tal efecto se hace público el texto modificado del
Reglamento, que se inserta a continuación:
ANEXO
En el índice, se modifica el art. 22, quedando con la redacción que sigue:
“Artículo 22. Normas Generales de reserva y uso de las instalaciones para la organización de
eventos deportivos.”
Los art. 9 y 10 quedan redactados con el texto que sigue:
“Artículo 9. Formas de acceso.
Solo las personas usuarias podrán hacer uso de las instalaciones deportivas municipales y de
los servicios adscritos a las mismas.
A los/as acompañantes de las personas usuarias, así como a los/as espectadores/as, cuando
esté permitido su acceso a la instalación y mientras permanezcan en la misma, se les aplicará
las normas del presente Reglamento, y, en su caso, las normas de régimen interior aplicables a
cada instalación.
Las formas de acceso a las instalaciones deportivas municipales, se llevarán a cabo en función
de la actividad y las particularidades de cada instalación.
CVE:
BOP-2024-5864
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 15 de noviembre de 2024
N.º 0222
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