Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-5855)
BOP-2024-5855 Aprobación definitiva Reglamento de Teletrabajo.
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ANUNCIO
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, en sesión ordinaria celebrada con
fecha 31 de octubre de 2024, ha acordado la aprobación definitiva del “Reglamento de Organización
y Funcionamiento de la modalidad no presencial, mediante la fórmula del Teletrabajo de la
Diputación Provincial de Cáceres y sus Organismos Autónomos” y la “Política Reguladora de la
Desconexión Digital en la Diputación Provincial de Cáceres y sus organismos autónomos”, cuya
parte dispositiva tiene el siguiente tenor literal:
(…) “ ACUERDO:
PRIMERO. – Aprobar la inclusión dentro de los criterios de baremación del “Reglamento de
Organización y Funcionamiento de la modalidad no presencial, mediante la fórmula del Teletrabajo
de la Diputación Provincial de Cáceres y sus Organismos Autónomos”, el desplazamiento y la
residencia en municipios con una población menor de 2000 habitantes, añadiendo al artículo 33.
Baremación de las solicitudes, los apartados “c” y “d” con el siguiente tenor literal:
c) Desplazamiento:
• Por existir una distancia superior a 25 kilómetros entre el domicilio desde el que prestará el
servicio en la modalidad de teletrabajo y el centro de trabajo del/la empleado/a público/a: 1 punto.
• Por existir una distancia superior a 50 kilómetros entre el domicilio desde el que prestará el
servicio en la modalidad de teletrabajo y el centro de trabajo del/la empleado/a público/a: 2 puntos.
• Por existir una distancia superior a 100 kilómetros entre domicilio desde el que prestará el servicio
en la modalidad de teletrabajo y el centro de trabajo del/la empleado/a público/a: 3 puntos.
d) Residencia:
Por residir en un municipio menor de 2.000 habitantes de la provincia de Cáceres: 2 puntos.
La residencia deberá acreditarse con certificado de empadronamiento.
SEGUNDO. – Aprobar definitivamente el “Reglamento de Organización y Funcionamiento de la
modalidad no presencial, mediante la fórmula del Teletrabajo de la Diputación Provincial de Cáceres
y sus Organismos Autónomos” y la “Política Reguladora de la Desconexión Digital en la Diputación
Provincial de Cáceres y sus organismos autónomos”, en los términos que constan en el anexo al
presente acuerdo.
TERCERO.- Publicar dicho acuerdo definitivo con el texto íntegro del Reglamento municipal
citado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, a los efectos de su entrada en vigor según lo
previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local – RBRL y comunicar el acuerdo y el texto del Reglamento municipal a las Administraciones
del Estado y de la Comunidad Autónoma dentro del plazo de los seis días siguientes a su aprobación,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 196.3 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre.”
CVE:
BOP-2024-5855
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 15 de noviembre de 2024
N.º 0222
Pág. 24533
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, en sesión ordinaria celebrada con
fecha 31 de octubre de 2024, ha acordado la aprobación definitiva del “Reglamento de Organización
y Funcionamiento de la modalidad no presencial, mediante la fórmula del Teletrabajo de la
Diputación Provincial de Cáceres y sus Organismos Autónomos” y la “Política Reguladora de la
Desconexión Digital en la Diputación Provincial de Cáceres y sus organismos autónomos”, cuya
parte dispositiva tiene el siguiente tenor literal:
(…) “ ACUERDO:
PRIMERO. – Aprobar la inclusión dentro de los criterios de baremación del “Reglamento de
Organización y Funcionamiento de la modalidad no presencial, mediante la fórmula del Teletrabajo
de la Diputación Provincial de Cáceres y sus Organismos Autónomos”, el desplazamiento y la
residencia en municipios con una población menor de 2000 habitantes, añadiendo al artículo 33.
Baremación de las solicitudes, los apartados “c” y “d” con el siguiente tenor literal:
c) Desplazamiento:
• Por existir una distancia superior a 25 kilómetros entre el domicilio desde el que prestará el
servicio en la modalidad de teletrabajo y el centro de trabajo del/la empleado/a público/a: 1 punto.
• Por existir una distancia superior a 50 kilómetros entre el domicilio desde el que prestará el
servicio en la modalidad de teletrabajo y el centro de trabajo del/la empleado/a público/a: 2 puntos.
• Por existir una distancia superior a 100 kilómetros entre domicilio desde el que prestará el servicio
en la modalidad de teletrabajo y el centro de trabajo del/la empleado/a público/a: 3 puntos.
d) Residencia:
Por residir en un municipio menor de 2.000 habitantes de la provincia de Cáceres: 2 puntos.
La residencia deberá acreditarse con certificado de empadronamiento.
SEGUNDO. – Aprobar definitivamente el “Reglamento de Organización y Funcionamiento de la
modalidad no presencial, mediante la fórmula del Teletrabajo de la Diputación Provincial de Cáceres
y sus Organismos Autónomos” y la “Política Reguladora de la Desconexión Digital en la Diputación
Provincial de Cáceres y sus organismos autónomos”, en los términos que constan en el anexo al
presente acuerdo.
TERCERO.- Publicar dicho acuerdo definitivo con el texto íntegro del Reglamento municipal
citado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, a los efectos de su entrada en vigor según lo
previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local – RBRL y comunicar el acuerdo y el texto del Reglamento municipal a las Administraciones
del Estado y de la Comunidad Autónoma dentro del plazo de los seis días siguientes a su aprobación,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 196.3 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre.”
CVE:
BOP-2024-5855
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 15 de noviembre de 2024
N.º 0222
Pág. 24533