Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cañaveral. (BOP-2024-5809)
BOP-2024-5809 Baja Oficio en Padrón de habitantes.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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diez primeros días del mes siguiente o, si reside en el extranjero, al Instituto Nacional de
Estadística que la trasladará a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, a la correspondiente
oficina o sección consular para que proceda a darle, asimismo, de alta en el Registro de
Matrícula.
TERCERO. Que, de haberse recibido alegaciones durante el trámite de audiencia, sean éstas
remitidas a los Servicios Técnicos Municipales para su informe.
CUARTO. Que, tras el informe técnico, se remita el expediente a Secretaría para la emisión del
informe – propuesta.
QUINTO. Con los informa anteriores, trasládese a esta Alcaldía para que resuelva lo que
proceda.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Alcalde de este
Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, o recurso
contencioso – administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso – Administrativo de Cáceres,
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presenta
notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso – Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo no podrá interponer recurso contencioso – administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
La publicación del presente anuncio tiene meramente efectos informativos, siendo facultativa y
previa a la preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, con la cual se consideran
notificado al/a interesado/a en el procedimiento objeto de la misma a todos los efectos; todo
ello tal y como establece el artículo 444 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo común de la Administraciones Públicas.
Cañaveral, 7 de noviembre de 2024
Llarina Flores Martín
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2024-5809
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 13 de noviembre de 2024
N.º 0220
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Estadística que la trasladará a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, a la correspondiente
oficina o sección consular para que proceda a darle, asimismo, de alta en el Registro de
Matrícula.
TERCERO. Que, de haberse recibido alegaciones durante el trámite de audiencia, sean éstas
remitidas a los Servicios Técnicos Municipales para su informe.
CUARTO. Que, tras el informe técnico, se remita el expediente a Secretaría para la emisión del
informe – propuesta.
QUINTO. Con los informa anteriores, trasládese a esta Alcaldía para que resuelva lo que
proceda.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Alcalde de este
Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, o recurso
contencioso – administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso – Administrativo de Cáceres,
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presenta
notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso – Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo no podrá interponer recurso contencioso – administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
La publicación del presente anuncio tiene meramente efectos informativos, siendo facultativa y
previa a la preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, con la cual se consideran
notificado al/a interesado/a en el procedimiento objeto de la misma a todos los efectos; todo
ello tal y como establece el artículo 444 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo común de la Administraciones Públicas.
Cañaveral, 7 de noviembre de 2024
Llarina Flores Martín
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2024-5809
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 13 de noviembre de 2024
N.º 0220
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