Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cañaveral. (BOP-2024-5809)
BOP-2024-5809 Baja Oficio en Padrón de habitantes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cañaveral
ANUNCIO. Baja Oficio en Padrón de habitantes.
Por resolución de Alcaldía n.º 94/2024 de 7 de noviembre de 2024, se aprobó iniciar expediente
de baja de oficio en el Padrón Municipal de D.ª Marlena Pawlowska, por inscripción indebida,
debido a que se ha intentado la notificación sin éxito, mediante el presente anuncio se hace
pública dicha Resolución del tenor literal siguiente:
Vistos el informe de comprobación de los hechos emitidos por la Auxiliar de la Policía Local con
fecha de 05/11/2024 donde se pone de manifiesto que D.ª Marlena Pawlowska, empadronada
en este Municipio, no cumple los requisitos del artículo 54 del Reglamento de Población y
Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11
de julio.
RESUELVO
PRIMERO. Que se inicie el expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal por inscripción
indebida de D.ª Marlena Pawlowska.
SEGUNDO. Que se dé audiencia a D.ª Marlena Pawlowska, por plazo de diez días, para que
presente las alegaciones y documentos que estime pertinentes, advirtiéndole que, de no recibir
contestación en cuanto a su conformidad o disconformidad en el citado plazo, se realizará la
baja de oficio
Si la interesada manifiesta su conformidad con la baja y comunica al Ayuntamiento su lugar de
residencia habitual, se acordará la baja de oficio. Si la interesada no manifiesta su conformidad
con la baja, ésta solo podrá llevarse a cabo previo informe favorable del Consejo de
Empadronamiento.
Si la afectada comunica residir habitualmente en otro municipio o domicilio del mismo
municipio, deberá solicitar por escrito el alta o modificación en el Padrón municipal
correspondiente, o en el caso de ser un/a ciudadano/a español/a que no viva habitualmente en
España, en el Padrón de españoles/as residentes en el extranjero. Esta solicitud la tramitará el
mismo Ayuntamiento y se encargará de remitirla al correspondiente municipio de alta en los
CVE:
BOP-2024-5809
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 13 de noviembre de 2024
N.º 0220
Pág. 24326
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cañaveral
ANUNCIO. Baja Oficio en Padrón de habitantes.
Por resolución de Alcaldía n.º 94/2024 de 7 de noviembre de 2024, se aprobó iniciar expediente
de baja de oficio en el Padrón Municipal de D.ª Marlena Pawlowska, por inscripción indebida,
debido a que se ha intentado la notificación sin éxito, mediante el presente anuncio se hace
pública dicha Resolución del tenor literal siguiente:
Vistos el informe de comprobación de los hechos emitidos por la Auxiliar de la Policía Local con
fecha de 05/11/2024 donde se pone de manifiesto que D.ª Marlena Pawlowska, empadronada
en este Municipio, no cumple los requisitos del artículo 54 del Reglamento de Población y
Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11
de julio.
RESUELVO
PRIMERO. Que se inicie el expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal por inscripción
indebida de D.ª Marlena Pawlowska.
SEGUNDO. Que se dé audiencia a D.ª Marlena Pawlowska, por plazo de diez días, para que
presente las alegaciones y documentos que estime pertinentes, advirtiéndole que, de no recibir
contestación en cuanto a su conformidad o disconformidad en el citado plazo, se realizará la
baja de oficio
Si la interesada manifiesta su conformidad con la baja y comunica al Ayuntamiento su lugar de
residencia habitual, se acordará la baja de oficio. Si la interesada no manifiesta su conformidad
con la baja, ésta solo podrá llevarse a cabo previo informe favorable del Consejo de
Empadronamiento.
Si la afectada comunica residir habitualmente en otro municipio o domicilio del mismo
municipio, deberá solicitar por escrito el alta o modificación en el Padrón municipal
correspondiente, o en el caso de ser un/a ciudadano/a español/a que no viva habitualmente en
España, en el Padrón de españoles/as residentes en el extranjero. Esta solicitud la tramitará el
mismo Ayuntamiento y se encargará de remitirla al correspondiente municipio de alta en los
CVE:
BOP-2024-5809
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 13 de noviembre de 2024
N.º 0220
Pág. 24326