Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acehúche. (BOP-2024-5797)
BOP-2024-5797 Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa del Servicio de Piscinas Municipales.
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Ayuntamiento de Acehúche
- Adultos, domingos y festivos...........2,50 euros
- Infantiles, días laborales...................1,00 euros
- Infantiles, domingos y festivos........1,50 euros
3.- Abono familiar (para un mínimo de 3 miembros, uno de los cuales será
obligatoriamente adulto): Del importe resultante tras aplicar el coste individual
expresado en el apartado 1, se descontará el 10% en cada abono familiar.
4.- Se consideran infantiles los menores de 13 años. Los menores de 3 años
quedan exentos de pago.
5.- Tendrán derecho al abono familiar quienes formen parte de la unidad familiar,
mediante la presentación del Libro de Familia o Certificado de Convivencia del
Padrón de Habitantes.
No podrán acogerse a los beneficios del abono familiar con retroactividad, o sea
que quienes se sacaran inicialmente abono individual no podrán incluirse con
posterioridad en un abono familiar.
En el abono familiar figurarán identificados con nombre y apellidos todos los
integrantes del mismo.
De forma excepcional, cuando ningún adulto de la unidad familiar pueda asistir
de forma regular a la Piscina, los padres o tutores de los menores podrán
autorizar por escrito a un familiar que se responsabilizará de éstos, pudiendo ser
incluido a todos los efectos en el abono familiar.
6.- Abono de pensionistas que no hayan cumplido los 65 años pero que tengan
reconocida la incapacidad permanente y el resto de personas con 65 años
cumplidos: 27,00 euros.
NORMAS DE GESTIÓN
Artículo 7.- Tendrán la consideración de abonados de las instalaciones
quienes lo soliciten al Ayuntamiento en instancia dirigida al Sr. Alcalde-
Presidente, haciendo constar edad y domicilio, acompañando dos fotografías,
tamaño carné, por persona. La cualidad de abonado que será otorgada por la
Alcaldía, una vez comprobado que la solicitud reúne todas las condiciones
exigidas y que existe cupo suficiente para la capacidad de las instalaciones,
extendiéndose en este caso el correspondiente carné, que dará derecho a la
utilización de las instalaciones.
Si el Ayuntamiento arrienda la explotación del servicio, lo hará mediante subasta
pública o concurso, y entre las condiciones exigidas en el pliego, aparte de las
técnico-sanitarias, se consignará el precio máximo que puede percibir el
concesionario o arrendatario, que nunca será superior al establecido a la
presente ordenanza.
Ayuntamiento de Acehúche
Avenida Juan de Morales, 64, Acehúche. 10879 (Cáceres). Tfno. 927374142. Fax: 927374178
Cód.
Validación:
62FWSW63Y95YJG7EYYXW7GDD2
Verificación:
https://acehuche.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2024-5797
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 13 de noviembre de 2024
N.º 0220
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