Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acebo. (BOP-2024-5795)
BOP-2024-5795 Bases para la constitución de una bolsa de trabajo para la provisión interina del puesto de Secretaría - Intervención de la agrupación Acebo-Torre de Don Miguel.
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Ayuntamiento de Acebo
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Plza. Mayor, 1, Acebo. 10857 (Cáceres). Tfno. 927141677. Fax: 927141677
2. Condiciones de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos en la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos:
1º. Nacionalidad: tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el artículo 19.1º del Real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que se remite a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto
543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y
sus Organismos Públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre
circulación de trabajadores.
2º. Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes al puesto
convocado.
3º. Edad: tener cumplidos 16 años y no exceder del límite establecido en las disposiciones legales
vigentes para la jubilación forzosa.
4º. Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier
Administración Pública o de sus organismos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso a la Escala de funcionarios de administración local con habilitación
de carácter nacional.
5º. Titulación: estar en posesión, o en condiciones de obtener en el momento en que termine el plazo
de presentación de instancias, de la titulación universitaria exigida para el ingreso en los Cuerpos o
Escalas clasificados en el Subgrupo A1, de acuerdo con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre.
En relación con lo anterior, se aportará el título de licenciado o grado. En ausencia de título, deberá
aportarse el resguardo acreditativo de haberlo solicitado y haber abonado las tasas para su expedición.
En caso de duda, se aportará, igualmente, una certificación del expediente académico, para comprobar
que efectivamente se ha cursado una carrera universitaria de 4 años.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la
correspondiente homologación del título. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
2.2. Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la
toma de posesión como funcionario interino.
3. Tribunal de Selección.
3.1. El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros, todos ellos con titulación igual o
superior a la de la plaza convocada y serán funcionarios de carrera de las respectivas Administraciones
Públicas:
CVE:
BOP-2024-5795
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 13 de noviembre de 2024
N.º 0220
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