Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-5794)
BOP-2024-5794 Normas reguladoras y Convocatoria Subvenciones Operadores/as TIC, Mancomunidades Integrales de la provincia 2025.
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3º. El operador TIC deberá atender las actuaciones demandadas por las entidades locales, in-situ o
remotamente en cada uno de los municipios de la mancomunidad
4º. El operador TIC realizará las actuaciones necesarias para que los sistemas de información públicos
e internos se encuentren actualizados, dinamizando la captación de información, asistiendo en su
actualización e incluso manteniendo la misma en caso necesario, haciendo especial hincapié en lo
relativo a transparencia y datos abiertos.
5º. La Diputación de Cáceres, a través del Área de Informática e Innovación, podrá establecer
actuaciones relacionadas con las actuaciones subvencionables expuestas en la BASE PRIMERA para
su desarrollo por parte de los operadores TIC y que afecten al cumplimiento de normativa legal en
materia de su competencia. Estas actuaciones serán de obligado cumplimiento, pudiendo dar lugar, de
no realizarse, y siempre conforme a criterio motivado de la Diputación Provincial, a la pérdida total o
parcial de la subvención.
6º. Facilitar el seguimiento de la ejecución de la actividad a la Diputación, que podrá inspeccionar y
recabar la información que corresponda, con el fin de asegurarse del cumplimiento del fin al cual se
destina la subvención.
7º. La mancomunidad queda expresamente sometida al control financiero fijado en la Ley 38/2003,
General de Subvenciones, así como a lo dispuesto en el Reglamento que desarrolla dicha Ley, y a la
Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación.
8º. La mancomunidad deberá disponer de un sistema general contable adecuado a la legislación
vigente, así como de los documentos, libros, registros y programas informáticos que faciliten y
garanticen el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
9º. Sin perjuicio de las declaraciones o justificaciones presentadas, la mancomunidad queda obligada a
comunicar a la Diputación la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien la actividad objeto
de este a ayuda, tan pronto como se conozca y en todo caso, con anterioridad a la presentación de la
justificación.
10º. Cumplir, en todo momento, lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, sobre
protección de datos de carácter personal y demás normativa de aplicación.
Las subvenciones de esta convocatoria serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad,
teniendo en cuenta que el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que,
aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la
actividad subvencionada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
BASE SEXTA. SISTEMA DE TRAMITACIÓN. IDENTIFICACIÓN Y ACCESO A LA SEDE
SISTEMA DE TRAMITACIÓN
La presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la Diputación
Provincial de Cáceres
La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es https://sede.dip-caceres.es
7/17
CVE:
BOP-2024-5794
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 13 de noviembre de 2024
N.º 0220
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remotamente en cada uno de los municipios de la mancomunidad
4º. El operador TIC realizará las actuaciones necesarias para que los sistemas de información públicos
e internos se encuentren actualizados, dinamizando la captación de información, asistiendo en su
actualización e incluso manteniendo la misma en caso necesario, haciendo especial hincapié en lo
relativo a transparencia y datos abiertos.
5º. La Diputación de Cáceres, a través del Área de Informática e Innovación, podrá establecer
actuaciones relacionadas con las actuaciones subvencionables expuestas en la BASE PRIMERA para
su desarrollo por parte de los operadores TIC y que afecten al cumplimiento de normativa legal en
materia de su competencia. Estas actuaciones serán de obligado cumplimiento, pudiendo dar lugar, de
no realizarse, y siempre conforme a criterio motivado de la Diputación Provincial, a la pérdida total o
parcial de la subvención.
6º. Facilitar el seguimiento de la ejecución de la actividad a la Diputación, que podrá inspeccionar y
recabar la información que corresponda, con el fin de asegurarse del cumplimiento del fin al cual se
destina la subvención.
7º. La mancomunidad queda expresamente sometida al control financiero fijado en la Ley 38/2003,
General de Subvenciones, así como a lo dispuesto en el Reglamento que desarrolla dicha Ley, y a la
Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación.
8º. La mancomunidad deberá disponer de un sistema general contable adecuado a la legislación
vigente, así como de los documentos, libros, registros y programas informáticos que faciliten y
garanticen el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
9º. Sin perjuicio de las declaraciones o justificaciones presentadas, la mancomunidad queda obligada a
comunicar a la Diputación la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien la actividad objeto
de este a ayuda, tan pronto como se conozca y en todo caso, con anterioridad a la presentación de la
justificación.
10º. Cumplir, en todo momento, lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, sobre
protección de datos de carácter personal y demás normativa de aplicación.
Las subvenciones de esta convocatoria serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad,
teniendo en cuenta que el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que,
aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la
actividad subvencionada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
BASE SEXTA. SISTEMA DE TRAMITACIÓN. IDENTIFICACIÓN Y ACCESO A LA SEDE
SISTEMA DE TRAMITACIÓN
La presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la Diputación
Provincial de Cáceres
La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es https://sede.dip-caceres.es
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Verificable
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