Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-5794)
BOP-2024-5794 Normas reguladoras y Convocatoria Subvenciones Operadores/as TIC, Mancomunidades Integrales de la provincia 2025.
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BASE TERCERA. FINANCIACIÓN. COMPROMISOS DE LA ENTIDAD CONCEDENTE.
FINANCIACIÓN
El presente plan de subvenciones está consignado en el Presupuesto General de la Diputación Provincial de
Cáceres para el ejercicio 2025, en la aplicación 07.4910.46300, denominada “CONVOCATORIA
OPERADOR TIC-MANCOMUNIDADES”, dotada con un importe total de Setecientos cincuenta mil euros
(750.000,00 €)
El importe total del la convocatoria asciende a SETECIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (750.000,00 €),
destinados a gastos corrientes, de los cuales 546.166,08 € se destinarán a financiar los gastos que se
deriven de la contratación de un primer operador y otros gastos diversos, teniendo como referencia y no
pudiendo ser inferior al salario mínimo establecido en el Anexo I, que recoge tabla salarial conforme al
Convenio Colectivo vigente para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura. El importe
restante que asciende a 203.833,92 € , se distribuirá de acuerdo con los datos reflejados a través de los
Anexo II y III, aportados con la solicitud por la mancomunidad, con la finalidad de cofinanciar los gastos
corrientes que se deriven de la contratación y otros gastos diversos, de un segundo operador, contratación
sujeta al compromiso de cofinanciación por cuenta de la mancomunidad solicitante.
En función de la solicitud y la documentación aportada, cada mancomunidad podrá acceder a los siguientes
importes subvencionables:
a) Ayuda para la contratación de un primer operador con un importe total de 34.135,38 €. destinado a
gastos de contratación y otros gastos diversos.
b) Ayuda para la contratación de un segundo operador, financiado hasta un máximo del 60%
(20.481,22 €) por parte de la Diputación, al estar condicionada esta contratación a la cofinanciación
mínima de un 40% por la mancomunidad, destinado a los mismos gastos que al referido en el
apartado a).
c) Cada mancomunidad podrá optar a la contratación de dos operadores, que estarán
subvencionados por un importe máximo de 54.616,60 €, siendo el resultado de la suma de los
apartados a) y b) anteriores. El apartado a) establece una cantidad fija para el primer operador y
en el apartado b) una cantidad variable en función de la puntuación obtenida según los criterios
objetivos de valoración recogidos en la Base Décima de la presente convocatoria para la
contratación del segundo operador.
La presente convocatoria de subvenciones se tramitará de manera anticipada y conforme a lo establecido
en la base 44.b), de las bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación para 2024, el otorgamiento de
las consiguientes subvenciones, estará condicionado a la consignación efectiva de las ayudas en el
Presupuesto de la Diputación, ejercicio 2025, que resulte aprobado.
Las subvenciones concedidas nunca sobrepasarán el importe total de la dotación presupuestaria, y el
órgano competente se reserva el derecho a no asignar dicho importe si las circunstancias así lo
aconsejaran, motivando la resolución.
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CVE:
BOP-2024-5794
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 13 de noviembre de 2024
N.º 0220
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