Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2024-5775)
BOP-2024-5775 Bases que han de regir la convocatoria y el proceso de selección para la constitución de una Bolsa de Trabajo para diferentes puestos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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DÉCIMA. Funcionamiento de la bolsa de empleo.
1. Las personas integrantes de la Bolsa de Empleo, ocuparan el puesto de la lista que le
corresponda en el puesto de trabajo al que han optado, atendiendo a la puntuación obtenida en
el proceso selectivo utilizado para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del
puesto ocupado, la puntuación que ostenta dentro del listado.
2. Las personas integrantes de la mencionada Bolsa de Empleo, serán llamadas siguiendo el
orden establecido en el listado correspondiente. Si alguna persona no reuniera las condiciones
necesarias para el desempeño del trabajo a realizar en ese momento, pasará al siguiente de la
lista sin que se pierda el número de posición en la bolsa por parte del primero. El
funcionamiento de la Bolsa de Trabajo se ajustará a los principios de igualdad de
oportunidades y principio de no discriminación.
3. La renuncia inicial a una oferta de trabajo, o la renuncia justificada durante la vigencia del
contrato, no darán lugar a la exclusión de la Bolsa de Trabajo, pero ocasionará un cambio de
lugar del puesto, dentro de la misma, pasando a ocupar el último puesto como integrante de la
Bolsa. Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el
mantenimiento dentro de la Bolsa de Trabajo:
- Estar en situación de ocupado, prestando servicios en una Administración pública o en
una empresa privada ¿?, como personal contratado, en cualquiera de las fórmulas
admitidas en derecho.
- Estar en situación de Suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención
quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación
de riesgo o necesidad acreditada por facultativo que exija la lactancia natural de
menores de nueve meses.
- La acreditación documentada de la finalización de tal circunstancia dará lugar a la
reposición en el mismo lugar del orden de lista en las Bolsas de Trabajo en que se
encontrara la persona afectada.
- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Las personas incluidas en la Bolsa de Trabajo tendrán que presentar datos personales
suficientes que permitan su pronta localización, siendo responsables de que estén actualizados
en todo momento. Una vez realizado el intento de localización por medio de la comunicación
telefónica, el correo electrónico con acuse de recepción, si no fuese posible el contacto en
veinticuatro horas se acudirá a la persona siguiente. Si se opta por la comunicación telefónica,
CVE:
BOP-2024-5775
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de noviembre de 2024
N.º 0219
Pág. 24165
1. Las personas integrantes de la Bolsa de Empleo, ocuparan el puesto de la lista que le
corresponda en el puesto de trabajo al que han optado, atendiendo a la puntuación obtenida en
el proceso selectivo utilizado para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del
puesto ocupado, la puntuación que ostenta dentro del listado.
2. Las personas integrantes de la mencionada Bolsa de Empleo, serán llamadas siguiendo el
orden establecido en el listado correspondiente. Si alguna persona no reuniera las condiciones
necesarias para el desempeño del trabajo a realizar en ese momento, pasará al siguiente de la
lista sin que se pierda el número de posición en la bolsa por parte del primero. El
funcionamiento de la Bolsa de Trabajo se ajustará a los principios de igualdad de
oportunidades y principio de no discriminación.
3. La renuncia inicial a una oferta de trabajo, o la renuncia justificada durante la vigencia del
contrato, no darán lugar a la exclusión de la Bolsa de Trabajo, pero ocasionará un cambio de
lugar del puesto, dentro de la misma, pasando a ocupar el último puesto como integrante de la
Bolsa. Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el
mantenimiento dentro de la Bolsa de Trabajo:
- Estar en situación de ocupado, prestando servicios en una Administración pública o en
una empresa privada ¿?, como personal contratado, en cualquiera de las fórmulas
admitidas en derecho.
- Estar en situación de Suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención
quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación
de riesgo o necesidad acreditada por facultativo que exija la lactancia natural de
menores de nueve meses.
- La acreditación documentada de la finalización de tal circunstancia dará lugar a la
reposición en el mismo lugar del orden de lista en las Bolsas de Trabajo en que se
encontrara la persona afectada.
- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Las personas incluidas en la Bolsa de Trabajo tendrán que presentar datos personales
suficientes que permitan su pronta localización, siendo responsables de que estén actualizados
en todo momento. Una vez realizado el intento de localización por medio de la comunicación
telefónica, el correo electrónico con acuse de recepción, si no fuese posible el contacto en
veinticuatro horas se acudirá a la persona siguiente. Si se opta por la comunicación telefónica,
CVE:
BOP-2024-5775
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de noviembre de 2024
N.º 0219
Pág. 24165