Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2024-5775)
BOP-2024-5775 Bases que han de regir la convocatoria y el proceso de selección para la constitución de una Bolsa de Trabajo para diferentes puestos.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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octubre, para poder participar en los procesos selectivos será necesario:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a, aprobado por Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber
sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleado público.
e) Estar en posesión de la demanda de empleo (sirve Mejora de Empleo) e inscrito/a en
la correspondiente Oficina de Empleo.
f) Poseer la acreditación correspondiente, en aquellos puestos en los que se considera
necesaria.
En el caso de los Auxiliares de Ayuda a Domicilio será requisito imprescindible poseer el
Certificado de Profesionalidad de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, Certificado de Profesionalidad
de Atención Sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales o títulos
equivalentes y el Carné de manipulador/a de alimentos.
En cuanto a los Oficiales de la Construcción, estar en posesión de la PRL en Construcción y
acreditar la experiencia en este puesto mediante un contrato mínimo de seis meses.
CUARTO. Forma y Plazo de Presentación de Instancias.
Las solicitudes se presentarán mediante el Anexo I, complementario a estas Bases, dirigidos a
la Presidenta de la Corporación, haciendo constar que se reúnen todos y cada uno de los
CVE:
BOP-2024-5775
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de noviembre de 2024
N.º 0219
Pág. 24161
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a, aprobado por Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber
sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleado público.
e) Estar en posesión de la demanda de empleo (sirve Mejora de Empleo) e inscrito/a en
la correspondiente Oficina de Empleo.
f) Poseer la acreditación correspondiente, en aquellos puestos en los que se considera
necesaria.
En el caso de los Auxiliares de Ayuda a Domicilio será requisito imprescindible poseer el
Certificado de Profesionalidad de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, Certificado de Profesionalidad
de Atención Sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales o títulos
equivalentes y el Carné de manipulador/a de alimentos.
En cuanto a los Oficiales de la Construcción, estar en posesión de la PRL en Construcción y
acreditar la experiencia en este puesto mediante un contrato mínimo de seis meses.
CUARTO. Forma y Plazo de Presentación de Instancias.
Las solicitudes se presentarán mediante el Anexo I, complementario a estas Bases, dirigidos a
la Presidenta de la Corporación, haciendo constar que se reúnen todos y cada uno de los
CVE:
BOP-2024-5775
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de noviembre de 2024
N.º 0219
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