Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2024-5741)
BOP-2024-5741 Bases Reguladoras de la convocatoria del proceso de selección para la contratación laboral de un puesto de Monitor/a Deportivo/a.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Los cursos expresados en créditos se entenderá que un crédito equivale a 10 horas. Los
cursos inferiores a las 5 horas no se baremarán.
En ningún caso, y respecto a ninguno de los/as aspirantes presentados/as, podrá presumir el
Tribunal la concurrencia de mérito alguno distinto a los alegados y justificados
documentalmente dentro del periodo de presentación de instancias, salvo causas de fuerza
mayor alegadas en el momento de presentación de la solicitud de admisión de instancias;
siendo de la exclusiva responsabilidad del aspirante la falta o defecto en la acreditación de los
méritos alegados. Será competencia del tribunal determinar la validez y calificación de la
formación presentada. El Tribunal podrá no valorar aquellos cursos de formación, cursillos
presentados de forma insuficiente o incorrecta, y no quedaran suficientemente acreditados.
El Tribunal otorgará a los/as aspirantes un plazo de 2 días hábiles a los efectos de
reclamaciones a las puntuaciones provisionales que se otorguen en las pruebas de las fases
de oposición y en el concurso. Expirados los plazos sin reclamaciones, las calificaciones
provisionales devendrán en definitivas, sin necesidad de nuevo acuerdo del Tribunal. Dichos
anuncios se harán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en Sede Electrónica.
EXPERIENCIA LABORAL: Puntuación máxima de 5 puntos.
- 0.1 puntos por mes trabajado: Por trabajos realizados en administraciones públicas en
un puesto idéntico o similar.
- 0.05 puntos por mes trabajado: Por trabajos realizados en empresas privadas en
puestos idénticos o similares.
La experiencia laboral será acreditada con contratos de trabajos y vida laboral actualizada. La
puntuación final será el total de la suma de las dos fases, será seleccionado el/a candidato/a
que mayor puntuación obtenga. En caso de empate el tribunal decidirá a favor del/a aspirante
que hubiese obtenido mayor puntuación en la fase de oposición, de persistir el empate se
procederá a efectuar un sorteo entre los/as aspirantes empatados/as.
OCTAVA. RELACION DE APROBADOS/AS, PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y
NOMBRAMIENTO.
Una vez terminada la evaluación de los/as aspirantes y consideradas las reclamaciones
presentadas, el Tribunal hará pública la relación de aprobados/as por orden de puntuación en
el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la en la sede electrónica del Ayuntamiento
http://jarandilladelavera.sedelectronica.es.
CVE:
BOP-2024-5741
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 11 de noviembre de 2024
N.º 0218
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cursos inferiores a las 5 horas no se baremarán.
En ningún caso, y respecto a ninguno de los/as aspirantes presentados/as, podrá presumir el
Tribunal la concurrencia de mérito alguno distinto a los alegados y justificados
documentalmente dentro del periodo de presentación de instancias, salvo causas de fuerza
mayor alegadas en el momento de presentación de la solicitud de admisión de instancias;
siendo de la exclusiva responsabilidad del aspirante la falta o defecto en la acreditación de los
méritos alegados. Será competencia del tribunal determinar la validez y calificación de la
formación presentada. El Tribunal podrá no valorar aquellos cursos de formación, cursillos
presentados de forma insuficiente o incorrecta, y no quedaran suficientemente acreditados.
El Tribunal otorgará a los/as aspirantes un plazo de 2 días hábiles a los efectos de
reclamaciones a las puntuaciones provisionales que se otorguen en las pruebas de las fases
de oposición y en el concurso. Expirados los plazos sin reclamaciones, las calificaciones
provisionales devendrán en definitivas, sin necesidad de nuevo acuerdo del Tribunal. Dichos
anuncios se harán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en Sede Electrónica.
EXPERIENCIA LABORAL: Puntuación máxima de 5 puntos.
- 0.1 puntos por mes trabajado: Por trabajos realizados en administraciones públicas en
un puesto idéntico o similar.
- 0.05 puntos por mes trabajado: Por trabajos realizados en empresas privadas en
puestos idénticos o similares.
La experiencia laboral será acreditada con contratos de trabajos y vida laboral actualizada. La
puntuación final será el total de la suma de las dos fases, será seleccionado el/a candidato/a
que mayor puntuación obtenga. En caso de empate el tribunal decidirá a favor del/a aspirante
que hubiese obtenido mayor puntuación en la fase de oposición, de persistir el empate se
procederá a efectuar un sorteo entre los/as aspirantes empatados/as.
OCTAVA. RELACION DE APROBADOS/AS, PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y
NOMBRAMIENTO.
Una vez terminada la evaluación de los/as aspirantes y consideradas las reclamaciones
presentadas, el Tribunal hará pública la relación de aprobados/as por orden de puntuación en
el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la en la sede electrónica del Ayuntamiento
http://jarandilladelavera.sedelectronica.es.
CVE:
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 11 de noviembre de 2024
N.º 0218
Pág. 24086