Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2024-5708)
BOP-2024-5708 Ordenanza Municipal Reguladora de Ayudas para la Adquisición de Libros y Material Escolar.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Profesional.
Hasta 2.000 € para estudiantes universitarios/as y matriculados/as en la Escuela Oficial
de Idiomas.
ARTÍCULO 4. Los requisitos para ser beneficiarios/as de la ayuda serán los contemplados en
las correspondientes bases y convocatorias y, además, los siguientes:
Ser alumno/a de colegios, institutos o universidades públicas y concertadas, hasta los
25 años de edad, empadronados/as y residentes en el municipio.
En caso de menores de edad, al menos un/a progenitor/a debe estar también
empadronado/a y residir en el municipio.
En el caso de los/as alumnos/as de la Escuela Oficial de Idiomas no tendrán límite de
edad, solo necesitan estar empadronados/as y residir en el municipio (se considerarán
estudiantes universitarios/as).
Todos/as los/as matriculados/as en el colegio de Cedillo tendrán derecho a la ayuda.
ARTÍCULO 5. Las solicitudes se presentarán en el registro de entrada del Ayuntamiento, en el
lugar y plazo que señalen las correspondientes bases y convocatorias, y deberán ir
acompañadas de los siguientes documentos:
Certificado de estar escolarizado/a o matriculado/a en el colegio, instituto, universidad o
Escuela de Idiomas correspondiente.
En caso de menores de edad, fotocopia del DNI del/a padre y/o madre, tutor y/o tutora,
y acreditación de la tutela en los casos que proceda.
En caso de menores de edad, fotocopia del libro de familia.
Acreditación del número de cuenta.
ARTÍCULO 6. Presentadas las solicitudes en el plazo establecido, se elaborarán las listas
provisionales de admitidos/as y excluido/a, que se expondrá en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento.
La publicación de las listas provisionales servirá de requerimiento a los/as interesados/as para
CVE:
BOP-2024-5708
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 8 de noviembre de 2024
N.º 0217
Pág. 23982
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Profesional.
Hasta 2.000 € para estudiantes universitarios/as y matriculados/as en la Escuela Oficial
de Idiomas.
ARTÍCULO 4. Los requisitos para ser beneficiarios/as de la ayuda serán los contemplados en
las correspondientes bases y convocatorias y, además, los siguientes:
Ser alumno/a de colegios, institutos o universidades públicas y concertadas, hasta los
25 años de edad, empadronados/as y residentes en el municipio.
En caso de menores de edad, al menos un/a progenitor/a debe estar también
empadronado/a y residir en el municipio.
En el caso de los/as alumnos/as de la Escuela Oficial de Idiomas no tendrán límite de
edad, solo necesitan estar empadronados/as y residir en el municipio (se considerarán
estudiantes universitarios/as).
Todos/as los/as matriculados/as en el colegio de Cedillo tendrán derecho a la ayuda.
ARTÍCULO 5. Las solicitudes se presentarán en el registro de entrada del Ayuntamiento, en el
lugar y plazo que señalen las correspondientes bases y convocatorias, y deberán ir
acompañadas de los siguientes documentos:
Certificado de estar escolarizado/a o matriculado/a en el colegio, instituto, universidad o
Escuela de Idiomas correspondiente.
En caso de menores de edad, fotocopia del DNI del/a padre y/o madre, tutor y/o tutora,
y acreditación de la tutela en los casos que proceda.
En caso de menores de edad, fotocopia del libro de familia.
Acreditación del número de cuenta.
ARTÍCULO 6. Presentadas las solicitudes en el plazo establecido, se elaborarán las listas
provisionales de admitidos/as y excluido/a, que se expondrá en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento.
La publicación de las listas provisionales servirá de requerimiento a los/as interesados/as para
CVE:
BOP-2024-5708
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 8 de noviembre de 2024
N.º 0217
Pág. 23982