Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdehúncar. (BOP-2024-5639)
BOP-2024-5639 EXTRACTO. Convocatoria Ayudas de Apoyo Social para contingencias año 2024.
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NOVENA: REINTEGRO Y PÉRDIDA DEL DERECHO.
1. Sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar, procederá el reintegro total o
parcial de la ayuda cuando concurra alguna de las causas previstas en el apartado siguiente.
2. Serán causa de reintegro:
a) Cualesquiera conductas fraudulentas u omisivas que dieran lugar a la concesión
indebida de la prestación.
b) No justificar el destino dado a la ayuda, total o parcialmente. En este último caso,
procederá la devolución del importe no justificado adecuadamente.
3. En el caso de obtención concurrente de otras subvenciones o ayudas, se procederá al
reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actuación financiada.
4. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de Derecho Público,
siguiéndose para su cobranza el procedimiento previsto en la normativa de régimen local y
estatal que resulte de aplicación en este ámbito.
DÉCIMA: NO PUBLICACIÓN DE AYUDAS OTORGADAS.
Los datos de identidad de las personas beneficiarias de las ayudas extraordinarias de apoyo
social para contingencias no serán objeto de publicación para salvaguardar el honor y la
intimidad personal y familiar de las personas fisicas en virtud de lo establecido en la Ley
Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal
y familiar y a la propia imagen.
UNDÉCIMA: DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
El presupuesto destinado a la presente convocatoria para el año 2024 asciende a 1.500,00 €,
para todos los conceptos.
DUODÉCIMA: RECURSOS CONTRA LA CONVOCATORIA.
Contra la resolución de aprobación de la presente convocatoria, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante el órgano que
la ha dictado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de su
extracto en el B.O.P de Cáceres, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la mencionada publicación. Si se optara por interponer recurso de
CVE:
BOP-2024-5639
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de noviembre de 2024
N.º 0214
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